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Decreto núm. 725 EXENTO, publicado el 29 de Noviembre de 2014. MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.

Santiago, 14 de octubre de 2014.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 725 exento.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

  4. El decreto supremo Nº103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. La resolución exenta Nº1.117, de 25.10.95, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900.

  6. El decreto supremo Nº144, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus posteriores modificaciones.

    Considerando:

  7. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº38.946, de 26.03.2014, complementado por ingreso Subtel Nº83.866, de 18.07.2014, y Nº90.503, de 05.08.2014.

  8. Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900, otorgada a la empresa Claro Chile S.A., RUT Nº96.799.250-K, con domicilio en Av. Del Cóndor Nº820, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1.1. Autorízase a la concesionaria para modificar los plazos de inicio y término de obras e inicio de servicios de noventa y siete (97) estaciones base, según se indica a continuación:

    Las demás características técnicas, no consideradas en la presente solicitud de modificación, permanecerán inalterables, de conformidad a los documentos señalados precedentemente, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    1. Los plazos máximos se indican a continuación:

    2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria...

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