Decreto núm. 72, publicado el 19 de Julio de 2017. PROMULGA LA DECISIÓN N° 1 DE LA COMISIÓN DE LIBRE COMERCIO DEL PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO MARCO DE LA ALIANZA DEL PACÍFICO SOBRE RECONOCIMIENTO DE LOS DOCUMENTOS FIRMADOS ELECTRÓNICAMENTE EN EL MARCO DE LA INTEROPERABILIDAD DE LAS VENTANILLAS ÚNICAS DE COMERCIO EXTERIOR EN LA ALIANZA DEL PACÍFICO - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 687562121

Decreto núm. 72, publicado el 19 de Julio de 2017. PROMULGA LA DECISIÓN N° 1 DE LA COMISIÓN DE LIBRE COMERCIO DEL PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO MARCO DE LA ALIANZA DEL PACÍFICO SOBRE RECONOCIMIENTO DE LOS DOCUMENTOS FIRMADOS ELECTRÓNICAMENTE EN EL MARCO DE LA INTEROPERABILIDAD DE LAS VENTANILLAS ÚNICAS DE COMERCIO EXTERIOR EN LA ALIANZA DEL PACÍFICO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA LA DECISIÓN N° 1 DE LA COMISIÓN DE LIBRE COMERCIO DEL PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO MARCO DE LA ALIANZA DEL PACÍFICO SOBRE RECONOCIMIENTO DE LOS DOCUMENTOS FIRMADOS ELECTRÓNICAMENTE EN EL MARCO DE LA INTEROPERABILIDAD DE LAS VENTANILLAS ÚNICAS DE COMERCIO EXTERIOR EN LA ALIANZA DEL PACÍFICO

Núm. 72.- Santiago, 12 de abril de 2017.

Vistos:

Los Artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 30 de junio de 2016, se suscribió, en la ciudad de Frutillar, República de Chile, la Decisión Nº 1 de la Comisión de Libre Comercio del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico sobre Reconocimiento de los Documentos Firmados Electrónicamente en el Marco de la Interoperabilidad de las Ventanillas Únicas de Comercio Exterior en la Alianza del Pacífico.

Que dicha Decisión fue adoptada en el marco del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico suscrito entre la República de Colombia, la República de Chile, los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú, publicado en el Diario Oficial de 25 de abril de 2016.

Que la República de Chile, los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República del Perú dieron cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 5 de la mencionada Decisión y, en consecuencia, este instrumento entró en vigor entre la República de Chile y la República de Colombia el 30 de diciembre de 2016; entre la República de Chile y los Estados Unidos Mexicanos el 10 de febrero de 2017; y entre la República de Chile y la República del Perú el 30 de marzo de 2017.

Decreto:

Artículo único

Promúlgase la Decisión Nº 1 sobre Reconocimiento de los Documentos Firmados Electrónicamente en el Marco de la Interoperabilidad de las Ventanillas Únicas de Comercio Exterior en la Alianza del Pacífico, suscrita por la Comisión de Libre Comercio del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico, en la ciudad de Frutillar, República de Chile, el 30 de junio de 2016; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- José Miguel Cruz Sánchez, Director General Administrativo.

DECISIÓN DE LA COMISIÓN DE LIBRE COMERCIO DEL PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO MARCO DE LA...

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