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Decreto núm. 710 EXENTO, publicado el 04 de Noviembre de 2014. FIJA NUEVO ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL CARGO DE DIRECTOR NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

FIJA NUEVO ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL CARGO DE DIRECTOR NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR

Núm. 710 exento.- Santiago, 23 de octubre de 2014.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 8 y 35 de la Constitución Política de la República; el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 17 de noviembre de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; los artículos 57 y siguientes de la ley Nº 19.496; el artículo 81 letra a) de la ley Nº 18.834, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por DFL Nº 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda; el artículo 1º del decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; dictamen Nº 18.160, de 2003, y la resolución Nº 1.600, de 2008, ambos de la Contraloría General de la República.

Considerando: Que, por razones de buen servicio, es necesario fijar un nuevo orden de subrogación del cargo de Director Nacional del Consumidor, en caso de ausencia o impedimento del titular.

Decreto:

Artículo primero

Fíjase, a contar desde esta fecha, el siguiente nuevo orden de subrogación al cargo de Director Nacional del Consumidor, en caso de ausencia o impedimento del titular.

  1. Andrés Herrera Troncoso, RUT Nº 11.477.813-3, Jefe de la División Jurídica, grado 4º EUS.

  2. Ana María Becerra Puelma, RUT Nº 13.107.401-8, Subdirectora de Gestión y Territorio, contratada como Asesora Altamente Calificada con facultades directivas, asimilada al grado 4º EUS.

  3. Juan Carlos Luengo Pérez, RUT Nº 9.248.232-4, Jefe de Departamento grado 5º EUS.

Artículo segundo

Por razones de buen servicio, el presente decreto entrará en vigencia a contar desde esta fecha, aun antes de su total tramitación y será habilitante respecto del cargo que se subroga.

Artículo tercero

Derógase el decreto exento Nº 47, de fecha 30 de enero de 2014, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario...

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