Decreto núm. 71 EXENTO, publicado el 21 de Octubre de 2019. ESTABLECE TARIFAS PARA LAS PRESTACIONES QUE EFECTÚE EL SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO DENTRO DEL PROCESO DE CERTIFICACIÓN DE SEMILLAS Y DEJA SIN EFECTO DECRETO Nº 538 EXENTO, DE 2007, DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 819892365

Decreto núm. 71 EXENTO, publicado el 21 de Octubre de 2019. ESTABLECE TARIFAS PARA LAS PRESTACIONES QUE EFECTÚE EL SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO DENTRO DEL PROCESO DE CERTIFICACIÓN DE SEMILLAS Y DEJA SIN EFECTO DECRETO Nº 538 EXENTO, DE 2007, DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE TARIFAS PARA LAS PRESTACIONES QUE EFECTÚE EL SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO DENTRO DEL PROCESO DE CERTIFICACIÓN DE SEMILLAS Y DEJA SIN EFECTO DECRETO Nº 538 EXENTO, DE 2007, DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA

Núm. 71 exento.- Santiago, 26 de julio de 2019.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 32, Nº 6, y 35 de la Constitución Política de la República; el DFL Nº 294, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que establece funciones y estructura del Ministerio de Agricultura; la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG); el decreto ley Nº 1.764, de 1977, que fija normas para la investigación, producción y comercio de semillas; el decreto Nº 142, de 1990, del Ministerio de Agricultura, que fija tarifas por las labores de inspección que realiza el SAG; el decreto exento Nº 538, de 2007, del Ministerio de Agricultura, que establece tarifas para las prestaciones que efectúe el SAG dentro del proceso de certificación de semillas y derechos por la inscripción de variedades en el registro que indica; el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los ministros de Estado para firmar por orden del Presidente de la República; el decreto Nº 65, de 2018, del Ministerio de Agricultura; el oficio ord. Nº 3.118, de 2019, del Director Nacional de SAG, que remite propuesta de decreto que establece tarifas que indica y la resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que, el artículo 6º del DFL Nº 294, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que establece funciones y estructura del Ministerio de Agricultura, autoriza a esta Secretaría del Estado para establecer tarifas y derechos por análisis, inspecciones y certificaciones realizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero.

  2. Que, mediante el decreto exento Nº 538, de 2007, del Ministerio de Agricultura, fueron fijadas las tarifas para las diferentes labores que se desarrollan dentro del proceso de certificación de semillas.

  3. Que, el mencionado decreto exento Nº 538 de 2007, requiere ser actualizado, con el fin de corregir algunas dificultades que ha presentado su aplicación.

Decreto:

Artículo 1º

Fíjanse las siguientes tarifas por las prestaciones que le soliciten al Servicio Agrícola y Ganadero los productores interesados en certificar semillas.

  1. Por inscripción e inspección de Semilleros:

    La tarifa de...

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