Decreto núm. 7 EXENTO, publicado el 11 de Enero de 2019. RECTIFICA DECRETO Nº 6 EXENTO, DE 8 DE ENERO DE 2019, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, QUE DETERMINA EL COMPONENTE VARIABLE PARA EL CÁLCULO DEL IMPUESTO ESPECÍFICO ESTABLECIDO EN LA LEY 18.502, QUE INDICA - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 754990561

Decreto núm. 7 EXENTO, publicado el 11 de Enero de 2019. RECTIFICA DECRETO Nº 6 EXENTO, DE 8 DE ENERO DE 2019, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, QUE DETERMINA EL COMPONENTE VARIABLE PARA EL CÁLCULO DEL IMPUESTO ESPECÍFICO ESTABLECIDO EN LA LEY 18.502, QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

RECTIFICA DECRETO Nº 6 EXENTO, DE 8 DE ENERO DE 2019, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, QUE DETERMINA EL COMPONENTE VARIABLE PARA EL CÁLCULO DEL IMPUESTO ESPECÍFICO ESTABLECIDO EN LA LEY 18.502, QUE INDICA

Núm. 7 exento.- Santiago, 9 de enero de 2019.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 326 de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto con fuerza de ley Nº 7.912, de 1927, del Ministerio del Interior, Ley Orgánica de Ministerios; en la Ley Nº 18.502, que Establece Impuestos a Combustibles que señala; en la Ley Nº 20.765, que Crea Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles que indica; en la Ley Nº 20.794, que extiende la cobertura al Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles, creado por la ley Nº 20.765; en el decreto supremo Nº 1.119, de 2014, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba Reglamento para la aplicación del Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles, creado por la ley Nº 20.765 y sus modificaciones; en el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"; en el decreto exento Nº 6, de 8 de enero de 2019, del Ministerio de Hacienda; en el artículo 62 de la Ley 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y, demás facultades de las cuales estoy investido.

Considerando:

  1. Que, en la edición del Diario Oficial Nº 42.249, de 9 de enero de 2019, Sección I, CVE 1525992, se publicó el decreto exento Nº 6, de 8 de enero de 2019, del Ministerio de Hacienda, que Determina el componente variable para el cálculo del impuesto específico establecido en la ley 18.502.

  2. Que, en la tabla señalada en el párrafo segundo del numeral 3º.- de la parte resolutiva del decreto exento indicado en el numeral 1 precedente, específicamente en el valor del "Impuesto Específico Resultante del Petróleo Diésel (en UTM/m³)", existió un error de tipeo en la milésima del numeral respectivo, que es necesario rectificar.

    Decreto:

  3. Rectifícase el decreto exento Nº 6, de 8 de enero de 2019, del Ministerio de Hacienda, que Determina el componente variable para el cálculo del impuesto específico establecido en la Ley 18.502, publicado en el Diario...

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