Decreto núm. 68, publicado el 06 de Agosto de 2015. PROMULGA EL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE KAZAJSTÁN SOBRE EXENCIÓN DEL REQUISITO DE VISA PARA TITULARES DE PASAPORTES DIPLOMÁTICOS, OFICIALES Y DE SERVICIO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Rango de Ley | Decreto |
PROMULGA EL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE KAZAJSTÁN SOBRE EXENCIÓN DEL REQUISITO DE VISA PARA TITULARES DE PASAPORTES DIPLOMÁTICOS, OFICIALES Y DE SERVICIO
Núm. 68.- Santiago, 15 de mayo de 2015.
Vistos:
Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso primero, de la Constitución Política de la República.
Considerando:
Que con fecha 30 de septiembre de 2013, se suscribió en la ciudad de Santiago, entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Kazajstán, el Acuerdo sobre Exención del Requisito de Visa para Titulares de Pasaportes Diplomáticos, Oficiales y de Servicio.
Que dicho Acuerdo fue aprobado por el H. Congreso Nacional, según consta en el oficio Nº 11.792, de 2 de abril de 2015.
Que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo 11, párrafo primero del referido Acuerdo y, en consecuencia, éste entrará en vigor internacional el 23 de mayo de 2015.
Decreto:
Promúlgase el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Kazajstán sobre Exención del Requisito de Visa para Titulares de Pasaportes Diplomáticos, Oficiales y de Servicio, suscrito en la ciudad de Santiago, Chile, el 30 de septiembre de 2013; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a US., para su conocimiento.- Gustavo Ayares Ossandón, Embajador, Director General Administrativo.
ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE KAZAJSTÁN SOBRE EXENCIÓN DEL REQUISITO DE VISA PARA TITULARES DE PASAPORTES DIPLOMÁTICOS, OFICIALES Y DE SERVICIO
El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Kazajstán (en adelante denominados las "Partes"),
Con el deseo de promover el desarrollo de sus relaciones bilaterales,
Considerando el interés en fortalecer los lazos de amistad existentes y con miras a facilitar el viaje de los nacionales del Estado de una Parte al territorio de la otra Parte,
Acuerdan lo siguiente:
Los nacionales de la República de Kazajstán titulares de pasaportes diplomáticos y de servicio válidos, y no...
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