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Decreto núm. 67, publicado el 14 de Julio de 2018. DESIGNA INTEGRANTES QUE INDICA EN COMISIÓN MÉDICA DE RECLAMOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyDecreto

DESIGNA INTEGRANTES QUE INDICA EN COMISIÓN MÉDICA DE RECLAMOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

Núm. 67.- Santiago, 20 de diciembre de 2017.

Vistos:

Los antecedentes adjuntos y lo informado por oficio Nº 57679, de fecha 12 de diciembre de 2017, de la Superintendencia de Seguridad Social; por memorando Nº B101/147, de fecha 7 de septiembre de 2017, de la Comisión Médica de Reclamos de la ley Nº 16.744; y teniendo presente lo dispuesto por el artículo 78 de la ley 16.744; los artículos 77, 82 y 84 del decreto supremo Nº 101, de 1968, y el decreto Nº 23, de 2013, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; el decreto supremo Nº 1.727, de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; el decreto supremo Nº 61, de 2016, del Ministerio del Trabajo y Previsión.

Considerando:

  1. Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 82 del decreto supremo Nº 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, los representantes médicos de las organizaciones de trabajadores y empleadores ante la Comisión Médica de Reclamos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, a que se refieren las letras b) y c) del artículo 78 de la ley 16.744, deben ser designados por el Presidente de la República, a propuesta de las federaciones, confederaciones y centrales, sindicales y gremiales.

  2. Que, mediante decreto supremo Nº 23, de 2013, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social se designaron integrantes de la referida Comisión Médica a don Cristián Fercovic Musre y a don Christian Hubner Hoffmann, como representantes de las organizaciones de trabajadores y de empleadores, respectivamente, por el período de cuatro años a contar del 1 de enero de 2014.

  3. Que, el período de designación de ambos representantes concluye el 1 de enero de 2018.

  4. Que, de acuerdo a lo informado por la Superintendencia de Seguridad Social, efectuados los avisos pertinentes, no se presentaron postulaciones para integrar la citada Comisión por parte de las organizaciones de trabajadores ni de empleadores, por lo que corresponde al Presidente de la República designar libre y directamente a los médicos integrantes de que se trata.

  5. Que, según lo informado por la Superintendencia de Seguridad Social, a través de Ord Nº 57679, de fecha 12 de diciembre de 2017, la Subsecretaría de Salud Pública propuso a los médicos para que integren la Comisión Médica de Reclamos...

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