Decreto núm. 67, publicado el 26 de Mayo de 2018. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA COMPAÑÍA DE TELECOMUNICACIONES NETVOISS CHILE LIMITADA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA COMPAÑÍA DE TELECOMUNICACIONES NETVOISS CHILE LIMITADA
Santiago, 27 de marzo de 2018.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 67.
Vistos:
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El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
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La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley.
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La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
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El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
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Resolución exenta N° 746, de 2004, de esta Subsecretaría, que Fija Norma Técnica para el Uso de la banda de frecuencias 2.400,0 - 2.483,5 MHz y sus modificaciones posteriores.
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Resolución exenta N° 517, de 2001, de esta Subsecretaría, que Fija Norma Técnica para el Uso de la banda de frecuencias 5.725 - 5.850 MHz y sus modificaciones posteriores.
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Resolución exenta N° 1.558, de 2008, de esta Subsecretaría, que Fija Norma Técnica para el Uso de la banda de frecuencias 5.250 - 5.350 MHz y 5.470 - 5.725 MHz y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 99.621, de 26.07.2017.
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Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.
Decreto:
Otórgase una concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la empresa Compañía de Telecomunicaciones Netvoiss Chile Limitada., RUT N° 76.544.869-7, con domicilio en El Rosario N° 1123, comuna de Linares, VII Región, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
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Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar:
1.1 Enlaces punto a multipunto, según se indica a continuación:
(*) La banda 2.400,0 - 2.483,5 MHz, se limitará mientras se encuentren en operación enlaces autorizados con anterioridad entre las regiones VII a X.
1.2 Enlaces punto a punto, según se indica a continuación:
La interconexión a la red pública será por medios propios o de terceros debidamente autorizados.
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La zona de servicio comprenderá la comuna de Linares, VII Región del Maule.
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El periodo de vigencia de la concesión será de 30 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del decreto que la autorice.
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Las concesionarias que utilicen la banda 5.725 - 5.850 MHz, las compartirán sin reclamar protección contra interferencias...
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