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Decreto núm. 665 EXENTO, publicado el 05 de Abril de 2017. AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA 'ASOCIACIÓN INTERCIENCIA' PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA "ASOCIACIÓN INTERCIENCIA" PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS

Santiago, 21 de marzo de 2017.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 665 exento.

Vistos:

Estos antecedentes, y lo dispuesto en la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 3, de 2016, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en el decreto supremo de Justicia Nº 1.597, de 1980, Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en el artículo 34 del decreto supremo de Justicia Nº 110, de 1979; en el decreto supremo de Justicia Nº 924, de 1981, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula "Por Orden del Presidente de la República"; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado; y,

Considerando:

  1. - Que, con fecha 30 de noviembre de 2015, los señores Manuel Jesús Vergara Echeverría y Luis Felipe Cano Munchmeyer, en representación de la entidad extranjera denominada "Asociación Interciencia", han solicitado a la Presidenta de la República de Chile, por conducto de este Ministerio, que se autorice a la institución de la referencia para desarrolle actividades en el país.

  2. - Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 34 del decreto supremo de Justicia Nº 110, de 1979, en concordancia con el artículo 1º, párrafo I.3.2, del decreto supremo de Justicia Nº 924, de 1981, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula "Por Orden del Presidente de la República", corresponde al titular de esta Cartera Ministerial suscribir el presente acto administrativo, bajo la fórmula antes señalada.

  3. - Que, analizados los antecedentes acompañados por la entidad solicitante, se ha podido determinar que cumple con todos los requisitos señalados en el citado decreto Nº 110, de 1979, por lo que resulta procedente conceder la autorización solicitada.

  4. - Que, además, el Consejo de Defensa del Estado, en su Informe Nº 421, de 28 de noviembre de 2016, se pronunció favorablemente al otorgamiento de la autorización en comento, señalando que, habiéndose cumplido con lo solicitado en su informe anterior, no ve inconveniente en que se otorgue la autorización para desarrollar actividades en Chile a la entidad...

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