Decreto núm. 66 EXENTO, publicado el 13 de Noviembre de 2019. APRUEBA PRESTADORES DE SALUD PARA OTORGAR LAS PRESTACIONES SUJETAS AL SISTEMA DE PROTECCIÓN FINANCIERA DEL QUE TRATA LA LEY Nº 20.850 - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 826063821

Decreto núm. 66 EXENTO, publicado el 13 de Noviembre de 2019. APRUEBA PRESTADORES DE SALUD PARA OTORGAR LAS PRESTACIONES SUJETAS AL SISTEMA DE PROTECCIÓN FINANCIERA DEL QUE TRATA LA LEY Nº 20.850

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyDecreto

APRUEBA PRESTADORES DE SALUD PARA OTORGAR LAS PRESTACIONES SUJETAS AL SISTEMA DE PROTECCIÓN FINANCIERA DEL QUE TRATA LA LEY Nº 20.850

Núm. 66 exento.- Santiago, 5 de noviembre de 2019.

Vistos:

Lo dispuesto en el DFL Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763 de 1979, del Ministerio de Salud; en el decreto supremo Nº 136, de 2004, del Ministerio de Salud, que aprueba el reglamento orgánico de esta Cartera; la ley Nº 20.850, de 2015; el decreto supremo Nº 54, de 2015, del Ministerio de Salud; decreto exento Nº 37, de 27 de junio de 2019, del Ministerio de Salud; el memorándum C21 Nº 237, de 24 de septiembre de 2019, del Subsecretario de Redes Asistenciales; lo dispuesto en la resolución Nº 7 de 2019 de Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que, con fecha 6 de junio de 2015, se publicó la ley Nº 20.850, que aprueba un Sistema de Protección Financiera para Diagnósticos y Tratamientos de Alto Costo, y rinde homenaje póstumo a don Luis Ricarte Soto Gallegos.

  2. Que, mediante decreto supremo Nº 54, de 2015, del Ministerio de Salud, se aprobó el reglamento que establece normas para el otorgamiento y cobertura financiera de los diagnósticos y tratamientos incorporados al sistema de protección financiera establecido en la ley Nº 20.850.

  3. Que, el título III del citado reglamento establece el procedimiento para la aprobación de prestadores para formar parte de la red que otorgará las prestaciones cubiertas por el sistema de protección financiera de la ley Nº 20.850.

  4. Que, con fecha 31 de mayo de 2019, a través de la resolución exenta Nº 1.019, se constituyó la Comisión Asesora para la Evaluación de Prestadores.

  5. Que, mediante decreto exento Nº 530, de 2015, fue aprobada la Norma Técnica Nº 181, que contiene los estándares para la aprobación de prestadores.

  6. Que, posteriormente, a través del decreto exento Nº 37, 27 de junio de 2019, del Ministerio de Salud, se dejó sin efecto la norma citada en el considerando precedente, y se aprobó la Norma Técnica Nº 207, que aprueba los nuevos estándares para la aprobación de prestadores.

  7. Que, en el resuelvo 2º, del decreto citado en el considerando anterior se establece que durante los primeros 6 (seis) meses de su entrada en vigencia, los prestadores que postulen a la aprobación correspondiente a cualquier etapa relativa a los nuevos tratamientos que ingresaron al sistema de protección financiera para el período...

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