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Decreto núm. 651, publicado el 09 de Julio de 2015. REAJUSTA CANTIDAD QUE SEÑALA APLICABLE A VIAJEROS PROVENIENTES DE ZONA FRANCA O DE ZONA FRANCA DE EXTENSIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

REAJUSTA CANTIDAD QUE SEÑALA APLICABLE A VIAJEROS PROVENIENTES DE ZONA FRANCA O DE ZONA FRANCA DE EXTENSIÓN

Núm. 651.- Santiago, 20 de mayo de 2015.

Vistos:

Lo dispuesto en artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; el artículo 2º y el artículo primero transitorio, ambos de la ley Nº 19.827; el decreto supremo Nº 445, del año 2015, del Ministerio de Hacienda, y los antecedentes adjuntos, y

Considerando:

Primero: Que, corresponde reajustar el valor en dólares establecido en la Partida 0009.0200 del Capítulo 0 del Arancel Aduanero referida a los viajeros provenientes de zona franca o zona franca de extensión.

Segundo: Que, la Gerente de Información Estadística del Banco Central de Chile, mediante el oficio Nº4, de 18 de mayo de 2015, informa que la variación del Índice de Precios al por Mayor de los Estados Unidos de América, en el período comprendido entre el 1 de mayo de 2012 y el 30 de abril de 2015, fue de -6,38%,

Decreto:

Reajústase, a contar del 1 de julio de 2015, la cantidad en dólares expresada en la Partida 0009.0200...

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