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Decreto núm. 65, publicado el 21 de Diciembre de 2018. ESTABLECE ADVERTENCIA SANITARIA PARA ENVASES DE PRODUCTOS DE TABACO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE ADVERTENCIA SANITARIA PARA ENVASES DE PRODUCTOS DE TABACO

Núm. 65.- Santiago, 21 de junio de 2018.

Vistos:

Lo establecido en la ley Nº 19.419, modificada por la ley Nº 20.660; las obligaciones internacionales asumidas por el Estado de Chile al ratificar el Convenio Marco para el Control del Tabaco de la Organización Mundial de la Salud; lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, de este Ministerio, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979, y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; el artículo 32 número 6 de la Constitución Política de la República; y lo establecido en el decreto supremo Nº 88, de 2015, del Ministerio de Salud.

Considerando:

  1. Que, el artículo 6º de la Ley Nº 19.419, establece que todo envase de los productos de tabaco, sean nacionales o importados destinados a su distribución dentro del territorio nacional deberá contener una clara y precisa advertencia de los daños, enfermedades o efectos que, para la salud de las personas, implica su consumo o exposición al humo del tabaco.

  2. Que, el mismo artículo señala que la advertencia tendrá una vigencia mínima de doce meses y máxima de veinticuatro meses, deberá ser diseñada por el Ministerio de Salud y establecida mediante decreto supremo de este Ministerio.

  3. Que, el citado artículo 6º señala a su vez que el decreto indicado establecerá entre dos y seis advertencias, que podrán ser diseñadas con dibujos o fotografías y leyendas.

  4. Que, para el establecimiento de las advertencias en comento, el Ministerio de Salud encomendó un estudio de identificación de los mejores contenidos para la advertencia sanitaria de productos de tabaco para la población adolescente chilena. Este estudio fue realizado por Estudios para el Desarrollo, con el objetivo de evaluar la apreciación de la población respecto de imágenes de advertencias. Los resultados obtenidos orientaron la selección de las imágenes del presente decreto.

  5. Que, además, se tuvo presente un estudio de evaluación de la eficacia de las advertencias sanitarias en los paquetes de cigarrillos realizado por el Centro de Epidemiología y Políticas de Salud de la Universidad del Desarrollo, en colaboración con Organización Panamericana de la Salud (OPS). Se concluyó y recomendó la utilización de imágenes que den cuenta de los daños que genera el consumo de tabaco por sobre mensajes positivos relativos a las ventajas de no fumar.

  6. Que, la evidencia científica entregada por la Organización Mundial de la Salud y la secretaria para el Convenio Marco para el Control de Tabaco da cuenta de que la renovación periódica de las imágenes en los productos de...

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