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Decreto núm. 644, publicado el 14 de Septiembre de 2016. EXCLUYE AL SÍNDICO DON FARAH DEL CARMEN ABUEID CHARAD DE LA TERCERA NÓMINA NACIONAL DE SÍNDICOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rango de LeyDecreto

EXCLUYE AL SÍNDICO DON FARAH DEL CARMEN ABUEID CHARAD DE LA TERCERA NÓMINA NACIONAL DE SÍNDICOS

Santiago, 16 de agosto de 2016.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 644.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 3210 de la Constitución Política de la República; en el Libro IV del Código de Comercio; en el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "por orden del Presidente de la República"; en el decreto Nº 467, de 2003, del Ministerio de Justicia, que Nombra e Incluye a Persona que se indica en la Tercera Nómina Nacional de Síndicos; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; lo señalado en los oficios SIR Nº 1.586, y Nº 223, de 2016, de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento; y

Considerando:

  1. - Que, por decreto Nº 467, de 2003, del Ministerio de Justicia, se nombró a don Farah del Carmen Abueid Charad, RUN Nº 7.765.440-2, como Síndico Privado de Quiebras y se le incluyó en la Tercera Nómina Nacional de Síndicos, fijada por decreto Nº 1.071, de 1983, del Ministerio de Justicia.

  2. - Que, mediante oficio SIR Nº 1.586, de 19 de abril de 2016, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento informó de la renuncia voluntaria presentada por el síndico individualizado precedentemente, el día 31 de marzo del presente año.

  3. - Que, por oficio Ord. Nº 2.986, de 6 de mayo de 2016, esta Secretaría de Estado solicitó a la Superintendencia un informe acerca de la pertinencia de aceptar la renuncia del referido síndico, señalando si registraba procedimientos pendientes y si había dado cuenta detallada de ellos.

  4. - Que, de acuerdo con lo informado por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, mediante oficio SIR Nº 223, de 8 de junio de 2016, el Sr. Abueid Charad presentó la cuenta definitiva de administración de la quiebra "Industrias Químicas Speed", la que fue objetada ante los Tribunales de Justicia por la Superintendencia, debido a irregularidades detectadas durante el proceso de fiscalización.

  5. - Que, con fecha 12 de mayo de 2015, el 3º Juzgado Civil de San Miguel, en causa Rol Nº C-17804-2007, acogió la objeción a la cuenta definitiva, sentencia que fue objeto de incidente de nulidad, el que fue rechazado por resolución de 26 de enero de 2016. Mediante resolución de fecha 13 de mayo de 2016 se complementó la señalada sentencia, la que a la fecha se encuentra ejecutoriada, según da cuenta la...

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