Decreto núm. 64, publicado el 04 de Julio de 2016. OTORGA A EMPRESA INTERCHILE S.A. CONCESIÓN DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL SUBTRAMO 1.3 DE LA LÍNEA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADA 'LÍNEA PAN DE AZÚCAR - POLPAICO 2X500 kV TRAMO 1' EN LA REGIÓN DE COQUIMBO, PROVINCIAS DE ELQUI Y LIMARÍ, COMUNAS DE COQUIMBO Y OVALLE - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 644371621

Decreto núm. 64, publicado el 04 de Julio de 2016. OTORGA A EMPRESA INTERCHILE S.A. CONCESIÓN DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL SUBTRAMO 1.3 DE LA LÍNEA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADA 'LÍNEA PAN DE AZÚCAR - POLPAICO 2X500 kV TRAMO 1' EN LA REGIÓN DE COQUIMBO, PROVINCIAS DE ELQUI Y LIMARÍ, COMUNAS DE COQUIMBO Y OVALLE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto

OTORGA A EMPRESA INTERCHILE S.A. CONCESIÓN DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL SUBTRAMO 1.3 DE LA LÍNEA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADA "LÍNEA PAN DE AZÚCAR - POLPAICO 2X500 kV TRAMO 1" EN LA REGIÓN DE COQUIMBO, PROVINCIAS DE ELQUI Y LIMARÍ, COMUNAS DE COQUIMBO Y OVALLE

Núm. 64.- Santiago, 5 de mayo de 2016.

Vistos:

Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio Ord. N° 2696, ACC 1295578, DOC 1091626, de 4 de marzo de 2016 y N° 4864, ACC 1318824, DOC 1115847, de 22 de abril de 2016; lo dispuesto en los artículos 11 y 29 del decreto con fuerza de ley N° 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante e indistintamente "Ley General de Servicios Eléctricos" y sus modificaciones posteriores; en el decreto ley N° 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la resolución N° 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en sus oficios Ord. N° 2696, ACC 1295578, DOC 1091626, de 4 de marzo de 2016 y N° 4864, ACC 1318824, DOC 1115847, de 22 de abril de 2016, el que pasa a formar parte del presente acto administrativo, y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 19 y 41 de la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

  2. Que la resolución exenta N° 9.577, de fecha 7 de agosto 2015, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles acogió la petición de división de la concesión eléctrica definitiva para el proyecto denominado "Línea Pan de Azúcar - Polpaico 2x500 kV Tramo 1", presentada por Interchile S.A., con fecha 2 de octubre de 2014.

  3. Que la aceptación de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, señalada en el considerando anterior, se efectuó de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 29º de la Ley General de Servicios Eléctricos, dividiéndose materialmente la concesión solicitada en 3 subtramos, correspondiendo el presente acto administrativo al subtramo 1.3.

Decreto:

Artículo 1°

Otórgase a Interchile S.A., concesión definitiva para establecer el subtramo 1.3 de la línea de transmisión de energía "Línea Pan de Azúcar - Polpaico 2x500 kV Tramo 1", en la Región de Coquimbo, provincias de Elqui y Limarí, comunas de Coquimbo y Ovalle.

Artículo 2°

El tramo que se pretende establecer forma parte del proyecto "Línea Pan de Azúcar - Polpaico 2x500 kV", que es una de las...

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