Decreto núm. 625, publicado el 17 de Septiembre de 2015. ESTABLECE PLAN ESPECIAL DE DESARROLLO DE LA PROVINCIA DE PALENA Y LA COMUNA DE COCHAMÓ, EN LA REGIÓN DE LOS LAGOS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA |
Rango de Ley | Decreto |
ESTABLECE PLAN ESPECIAL DE DESARROLLO DE LA PROVINCIA DE PALENA Y LA COMUNA DE COCHAMÓ, EN LA REGIÓN DE LOS LAGOS
Núm. 625.- Santiago, 15 de mayo de 2015.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 1º inciso quinto, 3º, 24 y 32 Nº 6, así como en el Capítulo XIV de la Constitución Política de la República; en los artículos 2º letra j), 13, 14, 16 y 20 letra e) del DFL Nº 1, de 2005, del Ministerio del Interior que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; en los artículos 3º, 5º, 62, 69 y 75 del DFL Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado; en los artículos 2º y 4º del decreto con fuerza de ley Nº 1/18.359, de 1985, del Ministerio del Interior y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1) Que es deber de los órganos del Estado promover el fortalecimiento de la regionalización y el desarrollo de los territorios de modo armónico y equitativo;
2) Que las funciones de gobierno y administración se encuentran radicadas en Chile en el Presidente de la República;
3) Que el gobierno interior de cada región reside en un intendente;
4) Que los gobiernos regionales deben velar por el desarrollo económico, social y cultural de la región respectiva;
5) Que los gobernadores deben supervigilar los servicios públicos que operan en la respectiva provincia;
6) Que es necesario que los diversos territorios que conforman el Estado alcancen niveles de desarrollo que permitan a sus habitantes la máxima realización material y espiritual posible;
7) Que los gobiernos regionales, conformados por intendente y consejo, deben aprobar una estrategia regional de desarrollo;
8) Que el desarrollo económico, social y cultural del Estado requiere de estructuras institucionales descentralizadas que permitan satisfacer debidamente las necesidades de la población;
9) Que aquellos territorios ubicados en los extremos geográficos o zonas de difícil conectividad requieren de políticas públicas especiales que faciliten su desarrollo, y
10) Que la Intendencia Regional de Los Lagos ha liderado, a partir de junio de 2014, un proceso participativo...
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