Decreto núm. 6, publicado el 23 de Enero de 2019. ESTABLECE COMPONENTES, LÍNEAS DE ACCIÓN Y PROCEDIMIENTOS DEL PROGRAMA DE RECONVERSIÓN LABORAL
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL |
Rango de Ley | Decreto |
ESTABLECE COMPONENTES, LÍNEAS DE ACCIÓN Y PROCEDIMIENTOS DEL PROGRAMA DE RECONVERSIÓN LABORAL
Núm. 6.- Santiago, 8 de enero de 2019.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que establece la Reestructuración y Funciones de la Subsecretaría del Trabajo; la glosa 22, asociada a la partida 15-05-01-24-01-477, de la ley Nº 21.125, de Presupuestos para el Sector Público para el año 2019, y la resolución Nº 1.600, del año 2008, modificada a través de resolución Nº 10, de 2017, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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- Que la Ley Nº 21.125 de Presupuestos del Sector Público del año 2019 ha contemplado la asignación 15-05-01-24-01-477, que tiene por objetivo financiar un Programa de Reconversión Laboral, cuya gestión y administración encomienda al Servicio Nacional de Capacitación y Empleo.
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- Que la glosa Nº 22 de la asignación indicada en el párrafo precedente establece que mediante decreto supremo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que podrá ser expedido por orden del Presidente de la República, visado por la Dirección de Presupuestos, se establecerán los componentes, líneas de acción, requisitos de ingreso, beneficios y mecanismos de control a que estará afecto el desarrollo de este Programa.
Decreto:
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- Apruébanse los siguientes componentes, líneas de acción, procedimientos, modalidades y mecanismos de control del Programa de Reconversión Laboral:
El Programa de Reconversión Laboral, en adelante "el Programa", tiene por objetivo atender las necesidades de capacitación de personas desempleadas que hayan perdido su empleo recientemente o de personas empleadas en riesgo de perder el empleo debido al impacto de la automatización de sus labores en ciertos sectores productivos, con la finalidad de aumentar la posibilidad de reinsertarse laboralmente y de aumentar y mejorar las competencias laborales, a través de la entrega de un curso de capacitación a elección del beneficiario, dentro de la oferta programática que pondrá a su disposición el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, en adelante "Sence".
La determinación de los sectores productivos a que se refiere en el inciso anterior, será definida por el...
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