Decreto núm. 598, publicado el 26 de Julio de 2017. DISPONE MEDIDAS DE ÍNDOLE TRIBUTARIA PARA LAS COMUNAS Y PROVINCIAS DE LAS REGIONES DE ATACAMA Y COQUIMBO - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 689052749

Decreto núm. 598, publicado el 26 de Julio de 2017. DISPONE MEDIDAS DE ÍNDOLE TRIBUTARIA PARA LAS COMUNAS Y PROVINCIAS DE LAS REGIONES DE ATACAMA Y COQUIMBO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

DISPONE MEDIDAS DE ÍNDOLE TRIBUTARIA PARA LAS COMUNAS Y PROVINCIAS DE LAS REGIONES DE ATACAMA Y COQUIMBO

Núm. 598.- Santiago, 17 de mayo de 2017.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 326 de la Constitución Política de la República de Chile; en la ley N° 20.981, sobre Presupuesto para el Sector Público para el año 2017; en el artículo 3° del decreto Supremo N° 104, de 29 de enero de 1977, del Ministerio del Interior, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I de la ley N° 16.282, sobre "Disposiciones Permanentes para Casos de Sismos o Catástrofes"; en el artículo 10 de la ley N° 10.336, Orgánica de la Contraloría General de la República; en el artículo 64, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el artículo 1 del decreto ley N° 825, de 1974; en los artículos 74, 78, 79, 84 y 91 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del decreto ley N° 824, de 1974; en los decretos supremos N° 716 y 717, de 13 de mayo de 2017, del Ministerio de Interior y Seguridad Pública, que declaran como zonas afectadas por catástrofe a las regiones de Atacama y Coquimbo.

Considerando:

  1. - Que, como es de conocimiento público, durante el mes de mayo de 2017, se ha producido un evento hidrometeorológico conocido como un sistema de baja presión activa, consistente en abundantes lluvias, lo que ha provocado la alteración de cursos normales de agua y desbordes de ríos hacia esas ciudades, produciéndose daños en las personas, caminos y viviendas de las regiones de Atacama y Coquimbo;

  2. - Que, esta situación ha perjudicado gravemente a las personas, tanto en sus actividades económicas, como también en relación con sus bienes personales, particularmente viviendas;

  3. - Que, con fecha 13 de mayo de 2017, el Gobierno, a través de los decretos supremos N° 716 y N° 717, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, declaró como zonas afectadas por catástrofe a las regiones de Atacama y Coquimbo;

  4. - Que, en este contexto, se hace necesario adoptar medidas excepcionales y extraordinarias, destinadas a enfrentar esta situación de emergencia e implementar las soluciones que requieran todas las zonas afectadas por la catástrofe;

  5. - Que, entre las medidas que se deben adoptar, se encuentran aquéllas de índole tributaria, que requieren para su implementación facultar a los Servicios competentes de las atribuciones que les permitan llevar a efecto las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR