Decreto núm. 59, publicado el 25 de Mayo de 2016. FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA COOPERATIVA DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO AMBIENTAL DE LA COMUNIDAD DE SARMIENTO LIMITADA - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 640758777

Decreto núm. 59, publicado el 25 de Mayo de 2016. FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA COOPERATIVA DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO AMBIENTAL DE LA COMUNIDAD DE SARMIENTO LIMITADA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA COOPERATIVA DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO AMBIENTAL DE LA COMUNIDAD DE SARMIENTO LIMITADA

Núm. 59.- Santiago, 21 de abril de 2016.

Vistos:

  1. - El DFL N°70, de 1988, del Ministerio de Obras Públicas, Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, en adelante e indistintamente, "DFL MOP N° 70/88";

  2. - La Ley N°18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (en adelante, e indistintamente, la Superintendencia o SISS);

  3. - El decreto supremo N°453 del 12 de diciembre de 1989, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que contiene el Reglamento de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, en adelante e indistintamente, el "Reglamento";

  4. - El artículo 100° del decreto supremo N°1.199 de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, en adelante e indistintamente, ''DS MOP N° 1.199/04";

  5. - El decreto supremo N°52, de fecha 8 de abril de 2011, publicado el 6 de mayo de 2011, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que fija fórmulas tarifarlas de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas para la Cooperativa de Abastecimiento de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento Ambiental de la Comunidad de Sarmiento Limitada;

  6. - El estudio tarifario realizado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, sus fundamentos, antecedentes de cálculo y resultados;

  7. - Estos antecedentes

    Considerando:

  8. - Que, en conformidad con el artículo 2° de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, la fijación de las fórmulas tarifarias de los servicios públicos sanitarios se realiza mediante decreto expedido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo;

  9. - Que el procedimiento administrativo realizado para la fijación de las tarifas de los servicios públicos sanitarios para la Cooperativa de Abastecimiento de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento Ambiental de la Comunidad de Sarmiento Limitada, correspondientes al quinquenio 2016-2021, cumple con las etapas en la forma y plazos dispuestos por la mencionada Ley de Tarifas:

  10. - Que, en el proceso de fijación de tarifas del concesionario Cooperativa de Abastecimiento de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento Ambiental de la Comunidad de Sarmiento Limitada, esta prestadora no elaboró su estudio tarifario, circunstancia que quedó señalada en el acta de intercambio de estudios tarifarios;

  11. - Que, en caso que el prestador no elabore su propio estudio tarifario, los resultados obtenidos por la Superintendencia de Servicios Sanitarios serán considerados definitivos:

  12. - Que la determinación de tarifas ha cumplido además con las Bases, normas y actos de procedimiento establecidos en el DFL MOP Nº70/88 y su Reglamento,

    Decreto:

    Fíjanse las siguientes fórmulas tarifarias para calcular los precios máximos aplicables a los usuarios de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas para la Cooperativa de Abastecimiento de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento Ambiental de la Comunidad de Sarmiento Limitada, en adelante la Cooperativa, en los siguientes términos:

  13. DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS

    1.1. DEFINICIÓN DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS

    1.1.1. Cargo fijo mensual por cliente ($/mes): CFCL

    CFCL = CF * IN1

    1.1.2. Cargo variable por consumo de agua potable en período no punta ($/m3): CVAP

    CVAP = CV1* IN2 + CV4 * IN5

    1.1.3. Cargo variable por consumo de agua potable en período punta ($/m3): CVAPP

    CVAPP = CV2 * IN3 + CV5 * IN6

    1.1.4. Cargo variable por sobreconsumo de agua potable en periodo punta ($/m3): CVAPP2

    CVAPP2 = CV3 * IN4 + CV6 * IN7

    1.1.5. Cargo variable por servicio de alcantarillado de aguas servidas ($/m3): CVAL

    CVAL CV7* IN8 + CV8 *IN9

    1.2. DEFINICIÓN Y VALORES DE LOS CARGOS TARIFARIOS

    La definición de las variables incorporadas en las fórmulas tarifarias anteriores y sus respectivos valores, al 31 de diciembre de...

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