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Decreto núm. 58 EXENTO, publicado el 16 de Febrero de 2018. APLICA REBAJAS DE DERECHOS DE ADUANA PARA LA IMPORTACIÓN DE TRIGO Y HARINA DE TRIGO O DE MORCAJO (TRANQUILLÓN)

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

APLICA REBAJAS DE DERECHOS DE ADUANA PARA LA IMPORTACIÓN DE TRIGO Y HARINA DE TRIGO O DE MORCAJO (TRANQUILLÓN)

Núm. 58 exento.- Santiago, 12 de febrero de 2018.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley Nº 18.525; en la ley Nº 19.897; en el decreto Nº 831, de 2003, del Ministerio de Hacienda, de 2003, modificado por el decreto Nº 1.936, de 2014, del Ministerio de Hacienda; en el decreto supremo Nº 19, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2001; en la resolución Nº 1.600, de la Contraloría General de la República, de 2008, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; los antecedentes adjuntos, y

Considerando:

  1. - Que, la política del Supremo Gobierno en materia de productos agrícolas básicos, tiene por objeto establecer un margen razonable de fluctuación de los precios internos en relación a los precios internacionales de tales productos, y

  2. - Que, para cumplir con dicho objetivo, es indispensable aplicar una rebaja a las sumas que corresponda pagar por derechos ad valórem del Arancel Aduanero por la importación de trigo y harina de trigo o de morcajo (tranquillón) desde el 16 de febrero de 2018 y hasta el 15 de abril de 2018.

Decreto:

Artículo 1°

Aplícanse, a contar del 16 de febrero de 2018 y hasta el 15 de abril de 2018, las rebajas que se indican, a las sumas que corresponda pagar por derechos ad valórem del Arancel Aduanero, por la importación de productos que se clasifican en los códigos arancelarios que se mencionan a continuación:

Artículo 2°

Las rebajas establecidas en el artículo precedente, en ningún caso podrán exceder al monto que corresponda pagar por...

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