Decreto núm. 57, publicado el 06 de Junio de 2017. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA PACÍFICO CABLE SPA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 682144565

Decreto núm. 57, publicado el 06 de Junio de 2017. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA PACÍFICO CABLE SPA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA PACÍFICO CABLE SPA

Santiago, 7 de abril de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 57.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. La resolución exenta Nº 158 de 2006, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que aclara, interpretando, el sentido y alcance de las resoluciones exentas Nº 354, de 1998, Nº 1.117, de 1995, y Nº 308, de 2000, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en el sentido que indica.

    Considerando:

  6. Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº 117.909 de 14.09.2016, complementado por ingreso Subtel Nº 136.176 de 28.10.2016.

  7. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de otorgamiento de la concesión.

    Decreto:

    Otórgase concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil, a la empresa Pacífico Cable SpA, RUT Nº 96.722.400-6, con domicilio en calle Tucapel Nº 2827, Valle Escondido de Paicaví, comuna de Concepción, Región del Biobío, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar el servicio público de telefonía móvil, como a continuación se indica:

      Las facilidades de conmutación, transmisión y red de acceso serán arrendadas a terceros concesionarios de servicio público de telefonía móvil o del mismo tipo, lo cual será verificado al momento de la recepción de obras mediante la presentación de contratos convenidos con las concesionarias. La zona de Servicio será todo el Territorio Nacional.

    2. Los plazos de inicio y término de obras, y de inicio del servicio son los que a continuación se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR