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Decreto núm. 542, publicado el 30 de Mayo de 2016. EXIME A INSTITUCIÓN QUE INDICA DEL IMPUESTO A LA RENTA DE PRIMERA CATEGORÍA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

EXIME A INSTITUCIÓN QUE INDICA DEL IMPUESTO A LA RENTA DE PRIMERA CATEGORÍA

Núm. 542.- Santiago, 4 de mayo de 2016.

Vistos:

Lo informado por el Servicio de Impuestos Internos mediante oficio Ord. Nº 1.210, de 3 de mayo de 2016; los antecedentes reunidos; lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política del Estado; numeral 5, del acápite VI, del artículo 1º del decreto supremo Nº 19 de 10 de febrero de, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2001; y el Nº 4, del artículo 40, de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo primero del decreto ley Nº 824, de 1974.

Decreto:

Exímese a la "Congregación del Amor Misericordioso", RUT Nº 70.015.642-7, de la obligación de pagar el Impuesto de Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, de acuerdo a lo establecido en el Nº 4 del artículo 40 de la mencionada ley.

El Servicio de Impuestos Internos deberá verificar periódicamente si se mantienen las circunstancias que justifican la exención concedida.

Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Rodrigo Valdés Pulido, Ministro de Hacienda.

Lo que transcribo a usted, para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Alejandro Micco Aguayo, Subsecretario de Hacienda.

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