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Decreto núm. 537 EXENTO, publicado el 09 de Diciembre de 2016. MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE ARICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE ARICA

Santiago, 9 de noviembre de 2016.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 537 exento.

Vistos:

  1. El decreto ley N° 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante, la Subsecretaría;

  2. La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;

  3. La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón;

  4. El decreto supremo N° 126 de 1997, modificado por el decreto supremo N° 23 de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;

  5. El decreto supremo N° 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;

  6. La resolución exenta N° 479 de 1999 y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora, y

  7. El decreto supremo N° 744 de 28.10.2002, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.

    Considerando:

  8. La solicitud de modificación, ingreso Subtel N° 62.394 de 14.08.2013, complementada mediante ingresos Subtel N° 107.662, de 09.07.2015; N° 228.763, de 13.11.2015 y N° 75.210, de 10.06.2016, y

  9. Que no se formularon oposiciones a la solicitud de modificación referida en la letra a) precedente.

    Decreto:

    1. Modifícase, la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de Arica, XV Región, señal distintiva XQA-425, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra g) de los Vistos, cuyo titular es la sociedad Pérez Scheuch Limitada, RUT N° 78.650.260-8, con domicilio en Avda. Diego Portales N° 2561, comuna de Arica, XV Región, en adelante la concesionaria, en los términos que a continuación se indican.

    2. Apruébase el proyecto técnico contenido en la solicitud de modificación presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.

    3. Autorízase a la concesionaria para cambiar la ubicación del estudio, rectificar las coordenadas geográficas de la planta transmisora y cambiar las características técnicas del sistema radiante, en los términos que a continuación se señalan:

    4. El presente decreto de modificación deberá publicarse en el Diario Oficial, dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la...

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