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Decreto núm. 53 EXENTO, publicado el 22 de Marzo de 2017. MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE FUTRONO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE FUTRONO

Santiago, 18 de enero de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 53 exento.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;

  3. La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;

  4. El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo N° 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;

  5. El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;

  6. La resolución exenta Nº 479, de 1999, y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora; y

  7. El decreto supremo Nº 216, de 29.12.2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.

    Considerando:

  8. La solicitud de modificación, ingreso Subtel Nº 95.544 de 18.06.2015; y

  9. Que no se formularon oposiciones a la solicitud de modificación referida en la letra a) precedente.

    Decreto:

    1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de Futrono, XIV Región, señal distintiva XQD-660, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra g) de los Vistos, cuyo titular es sociedad Altronix Comunicaciones Limitada, RUT Nº 76.181.320-K, con domicilio en Avda. Chesterton N° 7168, Depto. 123, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en los términos que a continuación se indican.

    2. Apruébase el proyecto técnico contenido en la solicitud de modificación presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.

    3. Autorízase a la concesionaria para cambiar de ubicación el estudio, la planta transmisora y cambiar caracteristicas técnicas del sistema radiante, en los términos que a continuación se señalan:

      Todos estos plazos se contarán a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto.

    4. La concesionaria no podrá iniciar los servicios que comprende la presente modificación, sin que las...

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