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Decreto núm. 5266 EXENTO, publicado el 14 de Marzo de 2019. AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA 'FUNDACIÓN PARA LOS ESTUDIOS INTERNACIONALES' PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA "FUNDACIÓN PARA LOS ESTUDIOS INTERNACIONALES" PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS

Santiago, 7 de noviembre de 2012.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 5.266 exento.

Vistos:

Estos antecedentes, lo dispuesto en el artículo 34 del decreto supremo de Justicia Nº 110, de 1979; en decreto supremo de Justicia Nº 924, de 1981, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula "Por orden del Presidente de la República"; en resolución de Contraloría General de la República Nº 1.600, de 2008 y lo informado por Consejo de Defensa del Estado,

Decreto:

  1. - Autorízase a la entidad denominada "Fundación para los Estudios Internacionales", con domicilio en Rosario, Departamento Rosario, República Argentina, cuyos antecedentes se encuentran debidamente legalizados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, con fechas 30 de abril y 5 de octubre de 2012, para que desarrolle actividades en el país, de acuerdo a los objetivos señalados en sus estatutos, siempre que se ajusten a las leyes chilenas y no contraríe las buenas costumbres y el orden público.

  2. - La entidad autorizada por el presente decreto fue constituida, organizada y existe conforme a las leyes de la Provincia de Santa Fe, República Argentina, según consta del documento expedido en la ciudad de Santa Fe, con fecha 14 de agosto de 2012, debidamente legalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile con fecha 5 de octubre de 2012, que acredita que la entidad solicitante se encuentra legalmente establecida y la autorización está actualmente vigente.

  3. - El término durante el cual desarrollará sus actividades en el país será indefinido a contar de la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial.

  4. - El domicilio de la citada entidad será la ciudad de Puerto Montt, Región de Los Lagos, República de Chile.

  5. - El representante de la entidad en Chile...

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