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Decreto núm. 509, publicado el 09 de Junio de 2017. DETERMINA APORTE QUE INDICA AL FONDO DE RESERVA DE PENSIONES ESTABLECIDO EN LA LEY N° 20.128

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

DETERMINA APORTE QUE INDICA AL FONDO DE RESERVA DE PENSIONES ESTABLECIDO EN LA LEY N° 20.128

Núm. 509.- Santiago, 2 de mayo de 2017.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos y 32 número 6 de la Constitución Política de la República; el artículo 44 de la ley N° 18.840 y los artículos y 20 de la ley N° 20.128, y

Considerando:

  1. Que, el ejercicio fiscal correspondiente al año 2016 registró un déficit efectivo, según consta en el Informe de Ejecución Presupuestaria del Estado de Operaciones del Gobierno Central Presupuestario correspondiente a dicho período, publicado por la Dirección de Presupuestos.

  2. Que, dado lo anterior, según lo establecido en el inciso segundo de la letra a) del artículo de la ley N° 20.128 aludido en los Vistos del presente decreto, corresponde realizar un aporte al Fondo de Reserva de Pensiones por un monto equivalente al 0,2% del PIB del año anterior; en consecuencia, dicto el siguiente

Decreto:

Artículo 1°

Determínese, para el año 2017, el aporte al Fondo de Reserva de Pensiones señalado en la letra a) del artículo , conforme lo dispuesto en el artículo 20, ambos de la ley N° 20.128, en $334.454.895.064.- (trescientos treinta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y cuatro millones ochocientos noventa y cinco mil sesenta y cuatro pesos).

Artículo 2°

El aporte a que se refiere el artículo anterior se efectuará mediante uno o más depósitos, en un plazo que, de acuerdo con lo señalado en el tercer inciso de la letra a) del artículo de la ley N° 20.128, no podrá exceder del día 30 de junio de 2017.

Artículo 3°

El o los depósitos que corresponda efectuar para enterar el aporte a que se refieren los artículos precedentes deberán ser realizados en su equivalente en dólares de los Estados Unidos de América, de acuerdo a la paridad cambiaria pesos/dólares, considerando el tipo de cambio publicado en el Diario Oficial, conforme a lo señalado en el N° 6 del Capítulo I del Compendio de Normas de Cambios Internacionales del Banco Central de Chile, el día correspondiente a cada depósito que se efectúe.

Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Rodrigo Valdés Pulido, Ministro de Hacienda.

Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Alejandro Micco...

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