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Decreto núm. 5, publicado el 27 de Diciembre de 2019. REGLAMENTO MUNICIPAL QUE MODIFICA LA PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE CERRO NAVIA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE CERRO NAVIA
Rango de LeyDecreto

REGLAMENTO MUNICIPAL QUE MODIFICA LA PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE CERRO NAVIA

Núm. 5.- Cerro Navia, 19 de diciembre de 2019.

Vistos:

  1. La potestad que me confiere el artículo 49 bis de la ley Nº 18.695, incorporado por la ley Nº 20.922, que establece la facultad del Alcalde de fijar o modificar la planta del personal municipal.

  2. Lo dispuesto en el DFL Nº 164-19.321, publicado en el Diario Oficial el 2 de septiembre de 1994, que adecua, modifica y establece planta de personal de la Municipalidad de Cerro Navia.

  3. Lo establecido en el decreto alcaldicio Nº 251, de fecha 31 de octubre del año 1994, que encasilla al personal municipal conforme al DFL Nº 19.321, mencionado.

  4. Lo dispuesto en el decreto Nº 1.675, del año 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba el reglamento que regula el procedimiento para establecer la categoría en que se ubicarán las municipalidades del país, para efectos de determinar los rangos de grados que corresponden asignar al cargo del Alcalde dentro de la planta de personal respectiva.

  5. Lo establecido en la resolución Nº 5.185, de fecha 14 de mayo del año 2018, de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

  6. Lo dispuesto en el artículo 2, 7 y 8 de la ley Nº 18.883, que establece el Estatuto Administrativo de Funcionarios Municipales

  7. Lo establecido en el decreto alcaldicio Nº 2.949, de fecha 28.08.2019, que nomina el cargo de Secretario Abogado del Juzgado de Policía Local.

  8. Lo dispuesto en el decreto alcaldicio Nº 155, de fecha 17 de diciembre de 2014, de la Municipalidad de Cerro Navia, que modifica el grado del Director de Control Municipal, del Secretario Municipal, del Director de la Secretaría Comunal de Planificación y del Director de Desarrollo Comunitario.

  9. Lo dispuesto en el decreto alcaldicio Nº 1.643, de fecha 1 de septiembre del año 2017, que sanciona el acuerdo Nº139 de la sesión ordinaria Nº27, de fecha 24 de agosto del año 2017, del concejo municipal de Cerro Navia, que dispone la creación del cargo de Director de Seguridad Pública.

  10. Lo dispuesto en decreto alcaldicio Nº 1.192, de fecha 24 de agosto del año 2016, que aprueba el encasillamiento de grados del personal de planta municipal, en los escalafones administrativos y auxiliares, a partir del 1 de enero de 2017, en cumplimiento de lo prescrito en el artículo segundo transitorio de la ley Nº 20.922, que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo

  11. Lo dispuesto en decreto alcaldicio Nº 2.250, de fecha 14 de noviembre de 2017, que aprueba el incremento y encasillamiento de grados del personal de planta municipal, en los escalafones técnicos, administrativos y auxiliares, entre los grados 10 al 20, ambos inclusive, a contar del 1º de enero del año 2016, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero transitorio de la ley Nº 20.922.

  12. Decreto alcaldicio Nº 7, de fecha 7 de enero de 2019, que aprueba la Actualización del Reglamento Interno, Estructura Municipalidad de Cerro Navia.

  13. Decreto alcaldicio Nº 1.174, de fecha 17 de julio de 2019 que modifica el Reglamento Interno de Estructura y Funciones de la Ilustre Municipalidad de Cerro Navia.

  14. Lo dispuesto en el decreto alcaldicio Nº 1.363, de fecha 4 de octubre de 2016, que establece la conformación del Comité Bipartito, de acuerdo con lo dispuesto en el N° 5 del artículo 49 bis, de la ley Nº 18.695.

  15. Lo dispuesto en el decreto alcaldicio Nº 602, de fecha 13 de febrero del año 2018, que designa a los integrantes del Comité Bipartito, según Nº 5 del artículo 49 bis de la ley Nº 18.695.

  16. Lo dispuesto en el decreto alcaldicio Nº 1.604, de fecha 24 de mayo del año 2019, que modifica integrantes del Comité Bipartito.

  17. Lo dispuesto en el decreto alcaldicio Nº 2.964, de fecha 2 de septiembre de 2019, que modifica integrantes del Comité Bipartito.

  18. Acta Nº 10 del 16 de diciembre de 2019, del Comité Bipartito, que da cuenta de la aceptación de la propuesta final de planta municipal de la Municipalidad de Cerro Navia.

  19. El certificado de límite de gasto en personal, de fecha 3 diciembre del año 2019, emitido por el Director de Administración y Finanzas (S) y el Director de Control (S), de acuerdo con lo dispuesto en el Nº 1 del artículo 49 bis, de la ley Nº 18.695.

  20. El certificado de disponibilidad presupuestaria, de fecha 3 de diciembre de 2019, otorgado por la Directora (S) de Administración y Finanzas y el Director de Control (S), de acuerdo con lo dispuesto en el Nº 2 del artículo 49 bis, de la ley Nº 18.695.

  21. El acuerdo Nº 626 de la sesión ordinaria Nº 111, del Concejo Municipal, de fecha 19 de diciembre, en la que consta la aprobación unánime del Concejo Municipal, a la propuesta de Reglamento, que fija la planta de personal de la Municipalidad de Cerro Navia.

    Considerando:

  22. Que, el Estado ha impulsado una política de fortalecimiento de la gestión pública local, fundado en el proceso de descentralización del país, que permitirá la articulación progresiva de las potestades conferidas a las municipalidades con el propósito de optimizar y eficientar los planes, políticas y medidas acordes a cada realidad local.

  23. Que, asimismo, el Estado ha impulsado diversas políticas públicas en el ámbito de la probidad administrativa, del tratamiento transparente de la información pública, de desarrollo y capacitación de sus recursos humanos, con el fin de dar respuesta al creciente aumento de la demanda de toma de decisiones administrativas que deben afrontar las municipalidades.

  24. Que, la comuna de Cerro Navia de acuerdo al reporte de estadísticas comunales del Instituto Nacional de Estadísticas, según el Censo del año 2017, posee una población de 132.622 habitantes y se encuentra dentro de las comunas más deficitarias en calidad de vida urbana (ICCVU-2019), por lo que el actual personal municipal no es suficiente para cubrir las diversas y crecientes necesidades de la comunidad, lo que afecta directamente en la capacidad del municipio para dar una pronta y oportuna respuesta a las necesidades de la comunidad local, resultando imprescindible mejorar, profesionalizar...

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