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Decreto núm. 5 AFECTO, publicado el 05 de Marzo de 2016. CREA COMITÉ ASESOR MINISTERIAL SOBRE MIGRACIONES Y ASUNTOS INTERNACIONALES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyDecreto

CREA COMITÉ ASESOR MINISTERIAL SOBRE MIGRACIONES Y ASUNTOS INTERNACIONALES

Núm. 5 afecto.- Santiago, 29 de enero de 2016.

Visto:

Lo dispuesto en la ley Nº 20.430, que establece disposiciones sobre protección de refugiados; ley Nº 20.507, que tipifica los delitos de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas y establece normas para su prevención y más efectiva persecución criminal; Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias, los Convenios de la Organización Internacional de Trabajo Números 29, sobre el trabajo forzoso de 1930; 111, sobre la discriminación (empleo y ocupación) de 1958; 182, sobre las peores formas de trabajo infantil de 1999, todos ratificados por Chile; Instructivo Presidencial Nº 5 de 6 de noviembre de 2015, Lineamientos e Instrucciones para la Política Nacional Migratoria; ley 20.609, que establece medidas contra la discriminación; decreto Nº1.393 de 2014, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que crea el Consejo de Política Migratoria; decreto Nº1.147 de 2015, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que crea el Consejo Técnico de Política Migratoria; decreto Nº 139 de 2009, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que crea el Comité Interministerial para la Comunidad Chilena en el Exterior; ley Nº 20.748, que regula el ejercicio del sufragio de los ciudadanos que se encuentran fuera del país; Ley 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública; Instructivo Presidencial Nº 7 de 6 de agosto de 2014, para la participación en la gestión pública y deja sin efecto instructivo que indica; decreto con fuerza del ley Nº 25 de 1959, del Ministerio de Hacienda, que crea el Ministerio del Trabajo y Previsión Social con dos Subsecretarías; decreto Nº 593 de 2015, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra Ministros de Estado en las carteras que indica; decreto Nº 3 de 2015, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que dispone orden de subrogación del Subsecretario del Trabajo; resolución Nº 40 de 2014 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que dispone nombramiento de Jefe de Gabinete Subsecretario; decreto Nº 33, de 2015 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que designa a doña Julia Georgina Urquieta Olivares, en el cargo de Subsecretaria de Previsión Social; en la resolución Nº1.614 de 2008 de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de Toma de Razón.

Considerando:

  1. Que la política migratoria de los últimos treinta años no permite reconocer a los movimientos migratorios como fuentes de oportunidades para el desarrollo. Por ello el programa de gobierno de la Presidenta, para el período 2014-2018, reconoce que las migraciones internacionales han adquirido una importancia creciente en Chile, razón por la cual se asumió el compromiso de desarrollar una política y cultura migratoria basada en la promoción y aplicación de los instrumentos internacionales ratificados por Chile sobre Derechos Humanos y de las Personas Migrantes.

  2. Asimismo, en relación a los chilenos en el exterior, el Programa requiere a los organismos del Estado de un rol activo en materia de reconocimiento efectivo de los derechos ciudadanos de los chilenos y las chilenas residentes en el exterior, así como el aumento del vínculo permanente con nuestro país de las comunidades chilenas presentes en todo el mundo.

  3. Por lo anterior, el establecimiento de una institucionalidad interna que permita al Ministerio del Trabajo y Previsión Social abordar el tema migratorio en materia laboral con una perspectiva de inclusión, integración regional y un enfoque de derechos que aseguren la inserción efectiva de esta población al país, permitiendo una coordinación dinámica, cooperadora y eficiente de todos los servicios.

  4. De igual forma, muchos chilenos y chilenas han optado por desarrollar proyectos de vida en otros países. Si bien este proceso no presenta la magnitud de décadas pasadas, los efectos de la globalización permiten pronosticar su permanencia en el tiempo. Ambas tendencias imponen desafíos y oportunidades en ámbitos como la promoción y resguardo del enfoque transversal de derechos humanos, la no discriminación, la inclusión social, la asociatividad, la vinculación y sobre todo, en el reconocimiento de Chile como un país de origen, tránsito y destino de la migración internacional.

  5. Durante las últimas tres décadas se ha venido produciendo una drástico crecimiento...

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