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Decreto núm. 497, publicado el 02 de Junio de 2016. DISPONE ENVÍO DE AYUDA QUE INDICA A REPÚBLICA DE ECUADOR PARA APOYO EN LA ATENCIÓN DE LA CATÁSTROFE QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyDecreto

DISPONE ENVÍO DE AYUDA QUE INDICA A REPÚBLICA DE ECUADOR PARA APOYO EN LA ATENCIÓN DE LA CATÁSTROFE QUE SEÑALA

Núm. 497.- Santiago, 28 de abril de 2016.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 326 de la Constitución Política de la República: en los artículos 1°, 3°, letra i), y 21 del Título I de la ley N° 16.282, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DS N° 104, de 1977, del Ministerio del Interior, y en el artículo 10° de la ley N° 10.336; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. - Que el sábado 16 de abril de 2016, la zona noroeste de la República de Ecuador ha sido seriamente afectada por un fuerte terremoto, que ha provocado daños en edificios y viviendas, y ha causado la desaparición y muerte de un número importante de personas.

  2. - Que el Gobierno de Chile, en su propio nombre y en el de su pueblo, ha resuelto acudir en su auxilio como un acto humanitario de solidaridad internacional, enviando elementos considerados indispensables para atenuar las necesidades más apremiantes de la población afectada.

  3. - Que la ayuda consiste en 200 cajas de alimentos, 1.560 botellas de 1.6 litros de agua mineral, que se enviarán a través de avión FACH, y cuyo costo total será financiado por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

  4. - Que, de conformidad a las medidas adoptadas y a los fundamentos expuestos, se hace necesaria la dictación del correspondiente acto administrativo, por lo que vengo en dictar el siguiente

Decreto:

Artículo primero

Autorízase la donación a la República de Ecuador, que se realizará según el siguiente detalle:

Especies Valorización

200 cajas de alimentos $4.997.762

1.560 botellas de agua mineral de 1.6 litros $1.017.307

Este envío asciende a la suma de $6.015.069 (seis millones quince mil sesenta y nueve pesos), IVA incluido.

Artículo segundo

La ayuda mencionada será adquirida por la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior, a la que se faculta para hacer la entrega de la donación antes referida.

El financiamiento del costo de los elementos de ayuda enviados, que ascienden a la suma de $6.015.069, IVA incluido, será asumido por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

Artículo tercero

El transporte aéreo necesario para el traslado de los recursos materiales a que se refieren los artículos anteriores, será...

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