Decreto núm. 488 EXENTO, publicado el 22 de Marzo de 2021. INICIA PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN DE PERMISO DE EDIFICACIÓN
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE CURICO |
Rango de Ley | Decreto |
INICIA PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN DE PERMISO DE EDIFICACIÓN
Núm. 488 exento.- Curicó, 11 de febrero de 2021.
Vistos:
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- El oficio N° 58 de fecha 21.01.2021 de la Dirección de Obras Municipales, que solicita decretar la invalidación de Permiso de Edificación N° 461-2013.
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- La resolución del Alcalde, de fecha 22.01.2021.
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- La resolución 1.600, del año 2008, de la Contraloría General de la República.
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- El decreto con fuerza de ley N° 458, Ley General de Urbanismo y Construcciones.
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- El decreto supremo N° 47, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones.
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- Plan Regulador de la comuna de Curicó.
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- El decreto 100, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile.
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- La Ley 10.336, de la Ley de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.
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- Lo dispuesto en la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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- Las facultades que me confiere la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades N° 18.695 de 1988, y sus posteriores modificaciones.
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- La jurisprudencia administrativa y judicial emanada de la Contraloría General de la República y de los Tribunales de Justicia, respectivamente.
Considerando:
Que era obligatorio para el otorgamiento del permiso de edificación cumplir con lo indicado en el Art. 60 de la Ley General de Urbanismo y Construcción y el artículo 2.6.4 de la OGUC, que indica, que en los casos de Ampliación, Reconstrucción, Remodelación, Reparación o Rehabilitación, que se realicen en un inmueble de Conservación Histórica, se deberán realizar con autorización previa de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, trámite que no fue efectuado ni presentado para obtener el permiso citado.
Decreto:
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- Iníciese Procedimiento de Invalidación del Permiso de Edificación N° 461 de fecha 06.09.2013 a nombre de Misioneros Hijos Corazón de María, RUT 70.022.100-8, representada por el Sr. José Alejandro Abarza Morales, RUT. 10.975.461-7, correspondiente a la Reconstrucción de Santuario, por una superficie de 830.60 m², ubicado en Avda. San Martín N° 306, de la ciudad de Curicó, Rol de Avalúo es el 105-1, extendido por el Director de Obras de la Ilustre Municipalidad de Curicó, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de...
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