Decreto núm. 474 EXENTO, publicado el 17 de Agosto de 2019. MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.
Santiago, 6 de junio de 2019.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 474 exento.
Vistos:
-
El decreto ley Nº1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
-
La Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
-
La resolución N°1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
-
El decreto supremo Nº103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
-
La resolución exenta Nº1.117 de 25.10.95, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900.
-
El decreto supremo Nº144 de 1997 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
-
Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N°128.935 de 30.08.2018.
-
Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900, otorgada a la empresa Claro Chile S.A., RUT Nº96.799.250-K, con domicilio en Av. El Salto Nº5.450, Ciudad Empresarial, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
-
Autorízase a la concesionaria para rectificar la potencia o tipo de emisión de los radioenlaces individualizados, los que fueron autorizados mediante los decretos supremos N°636 de 2003 y N°768 de 2004 y el decreto exento N°351, todos modificados por el decreto exento N°1.205 de 2011, quedando según se indica a continuación:
Las demás características técnicas, no consideradas en la presente solicitud de modificación, permanecerán inalterables, de conformidad a los decretos señalados precedentemente, del Ministerio y Telecomunicaciones.
-
...
-
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba