Decreto núm. 450, publicado el 25 de Agosto de 2016. CREA ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO EN LA REGIÓN DEL BIOBÍO, CON LA DENOMINACIÓN DE 'CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL DE CORONEL' - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 647578741

Decreto núm. 450, publicado el 25 de Agosto de 2016. CREA ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO EN LA REGIÓN DEL BIOBÍO, CON LA DENOMINACIÓN DE 'CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL DE CORONEL'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rango de LeyDecreto

CREA ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO EN LA REGIÓN DEL BIOBÍO, CON LA DENOMINACIÓN DE "CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL DE CORONEL"

Santiago, 7 de junio de 2016.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 450.

Vistos:

Las atribuciones previstas en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; lo dispuesto en el artículo 86 del Código Penal; en el decreto ley N° 3.346, de 1980, que fija el texto de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en el decreto supremo N° 1.597, de 1980, Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en el decreto ley N° 2.859, de 1979, que fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile; en el decreto supremo N° 518, de 1998, del Ministerio de Justicia, que aprueba "Reglamento de Establecimientos Penitenciarios"; en el oficio ordinario N° 14.00.00.576/16, de 12 de abril de 2016, del Director Nacional de Gendarmería de Chile, que solicita la creación de Centro de Reinserción Social de Coronel; en la resolución exenta N° 6.070, de 2015, del Director Regional de Gendarmería de Chile de la Región del Biobío, que aprueba Contrato de Arrendamiento de Inmueble que indica para destinarlo a oficinas del Centro de Reinserción Social de Coronel, disponiéndose girar las sumas que señala por concepto de Renta Mensual y Otros; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. - Que conforme a lo dispuesto en el artículo 20 del decreto supremo N° 518, de 1998, del Ministerio de Justicia, que Aprueba "Reglamento de Establecimientos Penitenciarios", los Centros de Reinserción Social (C.R.S.) son establecimientos penitenciarios destinados al seguimiento, asistencia y control de los condenados que, por un beneficio legal o reglamentario, se encuentren en el medio libre.

  2. - Que según lo dispuesto en el artículo 12 del citado decreto supremo N° 518, de 1998 "Los establecimientos penitenciarios se crearán, modificarán o suprimirán mediante decreto supremo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, previo informe o a proposición del Director Nacional de Gendarmería de Chile, y su administración interna será materia de una resolución de dicho Jefe de Servicio".

  3. - Que por expresa disposición de la ley N° 18.216, modificada por la ley N° 20.603, que establece penas sustitutivas a las penas privativas o...

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