Decreto núm. 44, publicado el 21 de Noviembre de 2018. APRUEBA PLAN DE RECUPERACIÓN, CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DE LA FLORA COSTERA DEL NORTE - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 746175989

Decreto núm. 44, publicado el 21 de Noviembre de 2018. APRUEBA PLAN DE RECUPERACIÓN, CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DE LA FLORA COSTERA DEL NORTE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

APRUEBA PLAN DE RECUPERACIÓN, CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DE LA FLORA COSTERA DEL NORTE

Núm. 44.- Santiago, 13 de marzo de 2018.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 19 número 8 y 32 número 6 de la Constitución Política de la República; en los artículos 37, 70 letra i) y 71 letra f) de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el Convenio sobre Diversidad Biológica, promulgado como ley de la República mediante el decreto supremo N° 1.963 de 1994 del Ministerio de Relaciones Exteriores; en la Ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto supremo N° 1 de 2014 del Ministerio del Medio Ambiente; en la resolución exenta N° 1.306 de 7 de diciembre de 2015 del Ministerio del Medio Ambiente; en el Memorándum N° 37/2017 que adjunta Plan de Recuperación, Conservación y Gestión de la Flora Costera del Norte, elaborado por la División de Recursos Naturales y Biodiversidad del Ministerio del Medio Ambiente; en el Acuerdo N° 9/2018 del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, adoptado el 19 de febrero de 2018; en la resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que es deber del Estado tutelar la preservación de la naturaleza, así como velar por la protección y conservación de la diversidad biológica del país.

  2. Que, conforme lo dispone el artículo 37, 70 letra i) de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, es atribución del Ministerio del Medio Ambiente proponer políticas y formular planes, programas y acciones que establezcan los criterios básicos y las medidas preventivas para favorecer la recuperación y conservación de los recursos hídricos, genéticos, la flora, la fauna, los hábitats, los paisajes, ecosistemas y espacios naturales, en especial los frágiles y degradados, contribuyendo al cumplimiento de los convenios internacionales de conservación de la biodiversidad.

  3. Que los planes de recuperación, conservación y gestión de especies constituyen un instrumento administrativo que contiene el conjunto de acciones, medidas y procedimientos que deberán ejecutarse para recuperar, conservar y manejar especies que hubiesen sido clasificadas en el marco del Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres según Estado de Conservación, de acuerdo al artículo 37 de la ley N° 19.300.

  4. Que el plan de recuperación, conservación y gestión de la Flora Costera del Norte abarca 91 especies de formaciones vegetacionales costeras que se ubican entre las regiones de Arica y Parinacota y de Atacama, que considera especies en las tres categorías de amenaza, esto es, En Peligro Crítico, En Peligro y Vulnerable.

  5. Que, en conformidad con lo establecido en el artículo 71 letra a) de la ley Nº 19.300, el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, mediante Acuerdo Nº 9, de 19 de febrero de 2018, acordó unánimemente proponer a S.E. al Presidente de la República, el Plan de Recuperación, Conservación y Gestión de la Flora Costera del Norte.

Decreto:

Artículo único

Apruébese el siguiente Plan de Recuperación, Conservación y Gestión de la Flora Costera del Norte:

PLAN DE RECUPERACIÓN, CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DE LA FLORA COSTERA DEL NORTE DE CHILE

Ministerio del Medio Ambiente

febrero 2018

Grupo de Elaboración de acuerdo a la resolución exenta N° 1.306 del 7 de diciembre del 2015: Eliana Belmonte (Universidad de Tarapacá), Luis Faúndez (BIOTA LTDA.), Francisco Squeo (Universidad de La Serena), Marcos Molina (Universidad de Talca), Pedro León (INIA), Marcelo Rosas (investigador independiente), Raquel Pinto (investigadora independiente), Josefi Hepp (Centro del Desierto de Atacama UC), Miguel Ángel Trivelli (SAG), Luis Toledo (SAG), Mario Cáceres (SAG), Jorge Muñoz (SAG), Moisés Grimberg (CONAF), Jorge Valenzuela (CONAF), Juan Pablo Contreras (CONAF), Nelson Amado (CONAF), Leonora Rojas Salinas (MMA), Cristopher Schulbe (MMA), Javiera Zamora (MMA), Roberto Villablanca (MMA) y Jimena Ibarra (MMA).

Ministerio del Medio Ambiente (2018)

CONTENIDO

  1. ANTECEDENTES GENERALES

  2. DIAGNÓSTICO DE LOS FACTORES DE AMENAZA Y SUS EFECTOS

    2.1. CAMBIO CLIMÁTICO O VARIACIÓN INTERANUAL DEL CLIMA

    2.2. ACTIVIDADES PRODUCTIVAS SIN CONSIDERACIONES PARA LA PROTECCIÓN DE LA FLORA COSTERA

    2.3. TURISMO Y ACTIVIDADES MOTORIZADAS FUERA DE RUTA

    2.4. EXTRACCIÓN DE FLORA COSTERA PARA FINES COMERCIALES

    2.5. EXTRACCIÓN DE FLORA COSTERA PARA FINES CIENTÍFICOS

    2.6. OBRAS CIVILES

    2.7. GANADERIA EXTENSIVA

    2.8. EXPANSIÓN URBANA

    2.9. AUMENTO DE LOS HERBÍVOROS NATIVOS

    2.10. ACTIVIDADES PRODUCTIVAS A PEQUEÑA ESCALA

  3. ACTORES RELEVANTES

  4. VISIÓN

  5. ALCANCE TERRITORIAL

  6. META DEL PLAN

  7. OBJETIVOS DEL PLAN

  8. ESTRUCTURA DEL PLAN DE ACCIÓN

    8.1. LÍNEAS DE ACCIÓN POR OBJETIVO E INDICADOR DE SEGUIMIENTO

    8.2. ACTIVIDADES POR LÍNEA DE ACCIÓN, PLAZOS ASOCIADOS, PRODUCTOS/RESULTADOS Y RESPONSABLES SUGERIDOS

  9. GRUPO DE SEGUIMIENTO Y PERIODOS DE EVALUACIÓN DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN

    9.1. COSTOS

    PLAN DE RECUPERACIÓN, CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DE LA FLORA COSTERA DEL NORTE

    El presente Plan fue preparado por el Grupo de Elaboración constituido mediante resolución exenta N° 1.306 del 7 de diciembre de 2015 del Ministerio del Medio Ambiente, que da inicio al proceso de elaboración del presente Plan y su modificación mediante la resolución exenta N° 896 del 31 de agosto de 2016.

    La presente propuesta del Plan de Recuperación, Conservación y Gestión de la Flora Costera del Norte de Chile, está estructurado de acuerdo a los lineamientos del Ministerio del Medio Ambiente, en el marco del Reglamento de Planes de Recuperación, Conservación y Gestión de Especies (DS N° 1/2014) y surge como un esfuerzo mancomunado del Grupo de Elaboración del Plan que está conformado por representantes de instituciones públicas, universidades e investigadores independientes.

  10. ANTECEDENTES GENERALES

    El Ministerio del Medio Ambiente ha dado inicio a la elaboración de un Plan de recuperación, conservación y gestión de la fl asociada a formaciones vegetacionales costeras del norte del país entre las regiones de Arica y Parinacota y de Atacama (sólo incluye Parque Nacional Pan de Azúcar). Estas formaciones vegetacionales (Desierto Absoluto, Desierto Costero de Tocopilla y Desierto Costero de Taltal), presentan una gran variedad de especies vegetales especialmente entre los 400 y 800 metros de altura que se ven favorecidas gracias a la presencia de neblina costera o camanchaca, y tienen altos índices de concentración de endemismo y de especies en alguna categoría de conservación (Fig. 1).

    Figura 1. Alcance territorial referencial del Plan RECOGE de la Flora Costera del Norte de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR