Decreto núm. 437, publicado el 15 de Febrero de 2018. OTORGA PLAZO PARA EFECTUAR FAENAS DE LIMPIEZA E HIGIENE EN PROPIEDAD QUE INDICA - MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 703215037

Decreto núm. 437, publicado el 15 de Febrero de 2018. OTORGA PLAZO PARA EFECTUAR FAENAS DE LIMPIEZA E HIGIENE EN PROPIEDAD QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE LAS CONDES
Rango de LeyDecreto

OTORGA PLAZO PARA EFECTUAR FAENAS DE LIMPIEZA E HIGIENE EN PROPIEDAD QUE INDICA

Núm. 437 Secc. 1ª.- Las Condes, 31 de enero de 2018.

Vistos y teniendo presente:

El ingreso Inspección N° 2.157/2017, de fecha 16 de diciembre de 2017, y las visitas a terreno efectuadas por profesionales del Departamento de Inspección de la Dirección de Obras Municipales al predio ubicado en el Quisco N° 3062, comuna de Las Condes, Rol de Avalúo 341-20, de propiedad de Inversiones Mont Blanc SpA, donde se verificó el estado de abandono, poca higiene y limpieza del predio antes mencionado; las fotografías que constatan lo anterior; el Inf. Dom N° 233, de fecha 16 de diciembre de 2017, de la Directora de Obras; el decreto alcaldicio Sección 1ª N° 4.949, de fecha 20.12.10; el artículo 2.5.1 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; lo dispuesto en los artículos 45 inciso , 48 letra c) e inciso final y 49 de la ley N° 19.880, y en uso de las facultades que me confieren los Arts. 56 y 63 del DFL N° 1 del Ministerio del Interior de fecha 9 de mayo de 2006, publicada en el Diario Oficial de 26 de julio de 2006, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Decreto:

  1. - Otorgar un plazo de 30 días corridos, contados desde la fecha de notificación del presente decreto, para efectuar la limpieza, higiene y las acciones requeridas para mantener en adecuadas condiciones el predio ubicado en El Quisco 3062, comuna de Las Condes, Rol de Avalúo 341-20, de propiedad de Inversiones Mont Blanc SpA, con domicilio desconocido.

  2. - Si vencido el plazo otorgado, el propietario del inmueble no hubiere dado cumplimiento al presente decreto, el Alcalde, mediante decreto alcaldicio fundado, podrá declararla Propiedad Abandonada y, asimismo, podrá realizar mantenciones, higiene...

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