Decreto núm. 43, publicado el 14 de Noviembre de 2018. APRUEBA PLAN DE RECUPERACIÓN, CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DEL LUCUMILLO (MYRCIANTHES COQUIMBENSIS) - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 745632741

Decreto núm. 43, publicado el 14 de Noviembre de 2018. APRUEBA PLAN DE RECUPERACIÓN, CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DEL LUCUMILLO (MYRCIANTHES COQUIMBENSIS)

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

APRUEBA PLAN DE RECUPERACIÓN, CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DEL LUCUMILLO (MYRCIANTHES COQUIMBENSIS)

Núm. 43.- Santiago, 13 de marzo de 2018.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 19 número 8 y 32 número 6 de la Constitución Política de la República; en los artículos 37, 70 letra i) y 71 letra f) de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el Convenio sobre Diversidad Biológica, promulgado como ley de la República mediante el decreto supremo N° 1.963 de 1994 del Ministerio de Relaciones Exteriores; en la Ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto supremo N° 1 de 2014 del Ministerio del Medio Ambiente; en el decreto supremo N° 50 de 2008 de Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la resolución exenta N° 1.305 de 7 de diciembre de 2015 del Ministerio del Medio Ambiente; en el memorándum N° 36/2017, que adjunta el Plan de Recuperación, Conservación y Gestión del Lucumillo (Myrcianthes coquimbensis), elaborado por la División de Recursos Naturales y Biodiversidad del Ministerio del Medio Ambiente; en el Acuerdo Nº 8/2018 del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, adoptado el 19 de febrero de 2018; en la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que es deber del Estado tutelar la preservación de la naturaleza, así como velar por la protección y conservación de la diversidad biológica del país.

  2. Que, conforme lo dispone el artículo 70 letra i) de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, es atribución del Ministerio del Medio Ambiente proponer políticas y formular planes, programas y acciones que establezcan los criterios básicos y las medidas preventivas para favorecer la recuperación y conservación de los recursos hídricos, genéticos, la flora, la fauna, los hábitats, los paisajes, ecosistemas y espacios naturales, en especial los frágiles y degradados, contribuyendo al cumplimiento de los convenios internacionales de conservación de la biodiversidad. Uno de dichos instrumentos son los planes de recuperación, conservación y gestión de especies, referidos en el artículo 37 de la ley N° 19.300.

  3. Que los planes de recuperación, conservación y gestión de especies constituyen un instrumento administrativo que contiene el conjunto de acciones, medidas y procedimientos que deberán ejecutarse para recuperar, conservar y manejar especies que hubiesen sido clasificadas en el marco del Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres según Estado de Conservación, de acuerdo al artículo 37 de la Ley N° 19.300.

  4. Que el Lucumillo (Myrcianthes coquimbensis) es un arbusto endémico que se distribuye en el borde costero de la Provincia de Elqui, Región de Coquimbo, que va desde Las Tacas como límite Sur hasta el límite Sur de la playa Los Choros por el Norte. Actualmente se encuentra clasificada en categoría En Peligro según el decreto supremo Nº 50 de 2008 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

  5. Que, en conformidad con lo establecido en el artículo 71 letra a) de la Ley Nº 19.300, el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, mediante Acuerdo Nº 8, de 19 de febrero de 2018, acordó unánimemente proponer a S.E. al Presidente de la República, el Plan de Recuperación, Conservación y Gestión del Lucumillo (Myrcianthes coquimbensis).

Decreto:

Artículo único

Apruébese el siguiente Plan de Recuperación, Conservación y Gestión del Lucumillo (Myrcianthes coquimbensis):

PLAN DE RECUPERACIÓN, CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DEL LUCUMILLO (MYRCIANTHES COQUIMBENSIS)

Ministerio del Medio Ambiente

Febrero 2018

Grupo de Elaboración de acuerdo a la resolución exenta Nº 1.305 del 7 de diciembre de 2015: Gina Arancio F. (Universidad de La Serena), María Inés Godoy Fuentes (Municipalidad de La Serena), Rodrigo Segovia (Conaf), Moisés Grimberg (Conaf), Mario Meléndez (Conaf), Cristian Ibáñez G. (Universidad de La Serena), Ramón Cuevas V. (Vivero Terrafer), Sandra Gacitúa A. (Infor), Andrea Loayza (Universidad de La Serena), Patricio García (Universidad de La Serena), Danny Carvajal (Universidad de La Serena - JEB), Gonzalo Galleguillos C. (MOP), Enrique Villalobos (Infor), Francisco Squeo Porcile (ULS), Lorena Ponce Díaz (Minvu), Gabriela Saldías (Universidad Central), Cristian del Piano (Universidad La Serena), Marcela Martínez (Municipalidad de Coquimbo), Ana Sandoval (INIA), Pedro León (INIA), Alexandra Stoll (Ceaza-Universidad de La Serena), Raúl Silva (Vialidad MOP), Rodomiro Osorio (Universidad de La Serena), Diego Núñez (Ministerio de Bienes Nacionales), Juan Carlos Rojas (Municipalidad de Coquimbo), Felipe Méndez (MMA), Claudia Accini (Seremi MA), Manuel Rojas (Fundación Sendero de Chile), Leonora Rojas (MMA) y Eduardo Morales (Municipalidad de La Higuera).

Ministerio del Medio Ambiente (2018)

TABLA DE CONTENIDO

  1. ANTECEDENTES GENERALES

  2. DIAGNÓSTICO DE LOS FACTORES DE AMENAZA Y SUS EFECTOS

    2.1. PARCELACIÓN

    2.2. CONSTRUCCIÓN DE HUELLAS Y CAMINOS PRIVADOS SIN REGULACIÓN

    2.3. PROYECTOS DE INVERSIÓN

    2.4. URBANIZACIÓN

    2.5. CONSTRUCCIÓN DE CAMINOS PÚBLICOS

    2.6. EXTRACCIÓN DE TIERRA DE HOJA

    2.7. CAMBIO CLIMÁTICO

    2.8. VERTEDEROS CLANDESTINOS - MICRO-BASURALES

  3. ACTORES RELEVANTES

  4. VISIÓN

  5. ALCANCE TERRITORIAL

  6. META DEL PLAN

  7. OBJETIVOS DEL PLAN

  8. ESTRUCTURA DEL PLAN DE ACCIÓN

    8.1. LÍNEAS DE ACCIÓN POR OBJETIVO E INDICADOR DE SEGUIMIENTO

    8.2. ACTIVIDADES POR LÍNEA DE ACCIÓN, PLAZOS ASOCIADOS, PRODUCTOS/RESULTADOS Y RESPONSABLES SUGERIDOS

  9. GRUPO DE SEGUIMIENTO Y PERIODOS DE EVALUACIÓN DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN

    9.1. COSTOS

  10. ANTECEDENTES GENERALES

    Myrcianthes coquimbensis (Barnéoud) es un arbusto de copa globosa, redondeado y densa, de 1 a 3 metros de alto, con un fruto de color rojo a la madurez y una a cuatro semillas. Al igual que otras especies de la familia Myrtaceae, se caracteriza por poseer un alto contenido de compuestos aromáticos.

    M. coquimbensis es una especie endémica de la Provincia de Elqui y crece sólo a lo largo de la costa desde Totoralillo (20 km al Sur de la Serena) hasta Punta Barrancones. Por lo tanto, esta especie tiene un rango de distribución latitudinal de 82,8 km, el cual va desde Las Tacas por el sur hasta el límite sur de la playa de Los Choros en el norte, su área de ocupación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR