Decreto núm. 41, publicado el 25 de Mayo de 2016. OTORGA A EMPRESA INTERCHILE S.A. CONCESIÓN DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL SUBTRAMO 3.2.2 DE LA LÍNEA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADA 'LÍNEA PAN DE AZÚCAR - POLPAICO 2x500 kV TRAMO 3' EN LA REGIÓN DE COQUIMBO, PROVINCIA DE CHOAPA, COMUNAS DE CANELA Y LOS VILOS - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 640758749

Decreto núm. 41, publicado el 25 de Mayo de 2016. OTORGA A EMPRESA INTERCHILE S.A. CONCESIÓN DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL SUBTRAMO 3.2.2 DE LA LÍNEA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADA 'LÍNEA PAN DE AZÚCAR - POLPAICO 2x500 kV TRAMO 3' EN LA REGIÓN DE COQUIMBO, PROVINCIA DE CHOAPA, COMUNAS DE CANELA Y LOS VILOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto

OTORGA A EMPRESA INTERCHILE S.A. CONCESIÓN DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL SUBTRAMO 3.2.2 DE LA LÍNEA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADA "LÍNEA PAN DE AZÚCAR - POLPAICO 2x500 kV TRAMO 3" EN LA REGIÓN DE COQUIMBO, PROVINCIA DE CHOAPA, COMUNAS DE CANELA Y LOS VILOS

Núm. 41.- Santiago, 22 de marzo de 2016.

Vistos:

Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio Ord. Nº 2835 ACC 1297651, DOC 1093677, de 9 de marzo de 2016; lo dispuesto en los artículos 11 y 29 del decreto con fuerza de ley Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante e indistintamente "Ley General de Servicios Eléctricos" y sus modificaciones posteriores; en el decreto ley Nº 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la resolución Nº 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en su oficio Ord. Nº 2835, ACC 1297651, DOC 1093677, de 9 de marzo de 2016, el que pasa a formar parte del presente acto administrativo, y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 19 y 41 de la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

  2. Que las resoluciones exentas Nº 9.634, de fecha 11 de agosto de 2015 y Nº 11.746, de fecha 29 de diciembre de 2015, ambas de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, acogieron la petición de división de la concesión eléctrica definitiva para el proyecto denominado "Línea Pan de Azúcar - Polpaico 2x500 kV Tramo 3", presentada por Interchile S.A., con fecha 30 de septiembre de 2014.

  3. Que la aceptación de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, señalada en el considerando anterior, se efectuó de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 29º de la Ley General de Servicios Eléctricos, dividiéndose materialmente la concesión solicitada en diversos subtramos, correspondiendo el presente acto administrativo al subtramo 3.2.2.

Decreto:

Artículo 1º

Otórgase a Interchile S.A., concesión definitiva para establecer el subtramo 3.2.2. de la línea de transmisión de energía eléctrica denominada "Línea Pan de Azúcar - Polpaico 2x500 kV Tramo 3", en la Región de Coquimbo, provincia de Choapa, comunas de Canela y Los Vilos.

El presente...

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