Decreto núm. 3994, publicado el 17 de Enero de 2018. INICIA PROCESO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LAS MODIFICACIONES AL PLAN REGULADOR DE TEMUCO CON CONSULTA INDÍGENA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE TEMUCO |
Rango de Ley | Decreto |
INICIA PROCESO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LAS MODIFICACIONES AL PLAN REGULADOR DE TEMUCO CON CONSULTA INDÍGENA
Núm. 3.994.- Temuco, 22 de diciembre de 2017.
Vistos:
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Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, N° 18.575 del 13 de diciembre del 2000.
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Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, N° 18.695, del 26 de julio de 2006.
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Ley de Bases Generales del Medio Ambiente N° 19.300, del 9 de marzo de 1994, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y sus modificaciones.
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Decreto N° 32, del 17 de agosto de 2015, que aprueba Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica, del Ministerio del Medio Ambiente.
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DFL N° 458, del 18 de diciembre de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones.
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Decreto N° 47, del 16 de abril de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que fija el Nuevo Texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
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Decreto N° 32, del 17 de agosto de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica.
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Decreto N° 176, del 17 de enero de 2007, que aprueba la Modificación del Plan Regulador Comunal de Temuco.
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Resolución N° 149, del 01 de septiembre de 2009, del Gobierno Regional de la Araucanía, que instruye la publicación en el Diario Oficial del Plan Regulador de Temuco, realizada el 2 de febrero de 2010.
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Decreto Alcaldicio N° 3.713, del 18 de noviembre de 2016, que aprueba contrato de "Estudio Modificación Plan Regulador de Temuco", celebrado entre la Municipalidad de Temuco y la Universidad Mayor.
Considerando:
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- Que, según lo indicado en el Art. 2° i bis) de la ley 19.300, Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente; la Evaluación Ambiental Estratégica es el procedimiento realizado por el Ministerio sectorial respectivo, para que se incorporen las consideraciones ambientales del desarrollo sustentable, al proceso de formulación de las políticas y planes de carácter normativo general, que tengan impacto sobre el medio ambiente o la sustentabilidad, de manera que ellas sean integradas en la dictación de la respectiva política y plan, y sus modificaciones sustanciales.
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- Que, según lo indicado en el Art. 7° bis, se someterán a evaluación ambiental estratégica las políticas y planes de carácter normativo general, así como sus modificaciones sustanciales. Siendo los planes reguladores comunales instrumentos que deben...
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