Decreto núm. 38 EXENTO, publicado el 06 de Marzo de 2018. MODIFICA LA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS EN LA BANDA DE 700 MHZ A LA EMPRESA CLARO SERVICIOS EMPRESARIALES S.A.
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA LA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS EN LA BANDA DE 700 MHZ A LA EMPRESA CLARO SERVICIOS EMPRESARIALES S.A.
Santiago, 2 de febrero de 2018.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 38 exento.
Vistos:
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El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
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La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
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La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
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El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
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La resolución exenta N° 265, de 2013, modificada por las resoluciones exentas Nos 3.916, de 2013, y 4.039, de 2014, todas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fijó la norma técnica para el uso de la banda de frecuencias 700 MHz.
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El decreto supremo N° 65, de 2015, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 54.747, de 26.04.2017, complementada por ingreso Subtel N° 83.446, de 23.06.2017.
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La solicitud de autorización provisoria ingreso Subtel N° 63.015, de 15.05.2017, que fundamenta la petición en torno a la gravedad y urgencia que justifican acceder a ella. Autorizada a través de resolución exenta N° 1.750, de 2017.
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Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos en la Banda de 700 MHz, a la empresa Claro Servicios Empresariales S.A., RUT N° 95.714.000-9, con domicilio en Av. El Salto N° 5450, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
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Autorízase a la concesionaria a modificar la ubicación de dos (2) Estaciones Base, autorizadas por decreto supremo N° 65, de 2015, según se indica a continuación:
La operación de estas dos nuevas estaciones no altera, bajo aspecto alguno, la zona de servicio, bandas de frecuencias, ancho de banda o potencias máximas autorizadas mediante el decreto supremo N° 65...
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