Decreto núm. 37 EXENTO, publicado el 06 de Marzo de 2018. MODIFICA CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL CELULAR A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL CELULAR A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.
Santiago, 2 de febrero de 2018.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 37 exento.
Vistos:
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El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
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La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
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La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
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El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
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La resolución exenta N° 354, de 1988, que fija la norma técnica para el servicio público de telefonía móvil celular que opera en la Banda de 800 MHz, modificada por la resolución exenta N° 643, de 1997, ambas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
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El decreto supremo N° 223, de 1989, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 84.264, de 01.07.2016, complementado mediante ingresos Subtel N° 122.876, de 27.09.2016.
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La solicitud de autorización provisoria de la modificación de concesión indicada en la letra precedente, ingreso Subtel N° 121.638, de 23.09.2016, por cuyo intermedio la interesada expuso los fundamentos de su petición, en torno a la gravedad y urgencia que justifican acceder a ella. Autorizada a través de resolución exenta N° 2.431, de 2016.
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Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Celular, cuyo actual titular es la empresa Claro Chile S.A., RUT N° 96.799.250-K, con domicilio en Av. El Salto N° 5450, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
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Autorízase a la concesionaria para modificar la potencia máxima de dos (2) estaciones base, según se indica a continuación:
Las demás características técnicas y de ubicación, no consideradas en la presente modificación, permanecerán inalterables, de conformidad al decreto señalado precedentemente, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
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Los plazos máximos se indican a continuación:
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