Decreto núm. 362, publicado el 18 de Enero de 2017. FIJA LÍMITES DEL MONUMENTO HISTÓRICO 'EDIFICIO DE CALLE SANTO DOMINGO N° 627', UBICADO EN LA COMUNA Y PROVINCIA DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA, DECLARADO COMO TAL, MEDIANTE EL DECRETO SUPREMO N° 6.006, DE 1981, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 658740205

Decreto núm. 362, publicado el 18 de Enero de 2017. FIJA LÍMITES DEL MONUMENTO HISTÓRICO 'EDIFICIO DE CALLE SANTO DOMINGO N° 627', UBICADO EN LA COMUNA Y PROVINCIA DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA, DECLARADO COMO TAL, MEDIANTE EL DECRETO SUPREMO N° 6.006, DE 1981, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

FIJA LÍMITES DEL MONUMENTO HISTÓRICO "EDIFICIO DE CALLE SANTO DOMINGO N° 627", UBICADO EN LA COMUNA Y PROVINCIA DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA, DECLARADO COMO TAL, MEDIANTE EL DECRETO SUPREMO N° 6.006, DE 1981, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Núm. 362.- Santiago, 20 de diciembre de 2016.

Considerando:

Que, por decreto supremo N° 6.006, de 10 de septiembre de 1981, se declaró monumento histórico al "Edificio de Calle Santo Domingo N° 627", ubicado en la comuna y provincia de Santiago, Región Metropolitana;

Que, en el citado acto administrativo no se estableció un polígono oficial de los límites del monumento histórico, motivo por el cual se procede a la dictación del presente decreto;

Que, en la sesión ordinaria de 6 de julio de 2016, se aprobó por unanimidad el polígono de protección propuesto, por la Comisión de Arquitectura y Patrimonio Urbano del Consejo de Monumentos Nacionales, fijándose, en consecuencia, los límites del citado monumento, y

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales; el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; el decreto supremo N° 6.006, de 10/09/1981, del Ministerio de Educación Pública; el oficio Ord. N° 4.012, de 16/11/2016, del Vicepresidente Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales; el acta de sesión ordinaria de 6 de julio de 2016 (punto 40), del Consejo de Monumentos Nacionales, y la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Decreto:

Artículo único

Fíjense los límites del monumento histórico "Edificio de Calle Santo Domingo N° 627", declarado como tal, por el decreto supremo N° 6.006, de 1981, del Ministerio de Educación Pública y ubicado...

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