Decreto núm. 33, publicado el 26 de Mayo de 2020. DESIGNA A DON ALFREDO TOMÁS ALEJANDRO SAINT JEAN DOMIC COMO CONSEJERO NACIONAL DEL CONSEJO NACIONAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO COMO PERSONA REPRESENTATIVA DE LAS ARTES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO |
Rango de Ley | Decreto |
DESIGNA A DON ALFREDO TOMÁS ALEJANDRO SAINT JEAN DOMIC COMO CONSEJERO NACIONAL DEL CONSEJO NACIONAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO COMO PERSONA REPRESENTATIVA DE LAS ARTES
Núm. 33.- Valparaíso, 18 de junio de 2019.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 20.880 sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses; en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en el decreto supremo Nº 8, de 2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que aprueba el Reglamento para la designación de los integrantes del Consejo Nacional y de los Consejos Regionales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; y en las resoluciones Nº 1.600, de 2008, y Nº 6, de 2019, ambas de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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- Que la ley Nº 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, cuyo objeto es colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en dicha ley.
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- Que el artículo 16 de la ley Nº 21.045, creó el Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que será presidido por el Ministro de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, y que estará integrado, entre otros, por tres personas representativas de las artes que tengan una reconocida vinculación y destacada trayectoria en actividades vinculadas al quehacer de la creación artística, industrias culturales, educación artística, artes visuales, artes escénicas, literatura, música, artes audiovisuales, diseño, arquitectura o gestión cultural, designados por el Presidente de la República a propuesta de las organizaciones que agrupan a artistas, cultores o gestores, que posean personalidad jurídica vigente. Una de estas...
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