Decreto núm. 327, publicado el 03 de Julio de 2015. AUTORIZA AL TESORERO GENERAL DE LA REPÚBLICA Y AL MINISTRO Y SUBSECRETARIO DE HACIENDA PARA REPRESENTAR AL FISCO DE LA REPÚBLICA DE CHILE EN LA CELEBRACIÓN DE CONTRATOS INTERNACIONALES QUE SE INDICAN Y CELEBRAR ESTIPULACIONES QUE SE SEÑALAN - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 576648250

Decreto núm. 327, publicado el 03 de Julio de 2015. AUTORIZA AL TESORERO GENERAL DE LA REPÚBLICA Y AL MINISTRO Y SUBSECRETARIO DE HACIENDA PARA REPRESENTAR AL FISCO DE LA REPÚBLICA DE CHILE EN LA CELEBRACIÓN DE CONTRATOS INTERNACIONALES QUE SE INDICAN Y CELEBRAR ESTIPULACIONES QUE SE SEÑALAN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA AL TESORERO GENERAL DE LA REPÚBLICA Y AL MINISTRO Y SUBSECRETARIO DE HACIENDA PARA REPRESENTAR AL FISCO DE LA REPÚBLICA DE CHILE EN LA CELEBRACIÓN DE CONTRATOS INTERNACIONALES QUE SE INDICAN Y CELEBRAR ESTIPULACIONES QUE SE SEÑALAN

Núm. 327.- Santiago, 19 de marzo de 2015.

Vistos:

El artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República de Chile; el artículo 7 y 12 de la ley Nº 20.128; el artículo 35 de la ley Nº 18.575, y el decreto ley Nº 2.349, de 1978,

Decreto:

Artículo 1º

Autorízase al Tesorero General de la República para que represente al Fisco de la República de Chile en la celebración de uno o varios contratos internacionales de servicio de custodia y préstamos de valores de las inversiones de los recursos referidos en el inciso primero del artículo 12 de la ley Nº 20.128.

Artículo 2º

Autorízase al Tesorero General de la República, para que en el o los contratos internacionales que suscriba en virtud de la autorización del artículo anterior, acepten estipulaciones que establezcan que dichos contratos quedarán sometidos al derecho o a tribunales extranjeros. Igualmente, dichas estipulaciones podrán disponer la renuncia a la inmunidad de ejecución, el señalamiento de domicilio y la designación de mandatarios en el extranjero.

Artículo 3º

Autorízase al Ministro de Hacienda o al Subsecretario de Hacienda para que representen al Fisco de la República de Chile en la celebración de uno o varios contratos internacionales para servicios de consultoría respecto de la política de inversión del Fondo de Reserva de Pensiones y el Monitoreo de los Administradores del Fondo de Reserva de Pensiones y del Fondo de Estabilización Económica y Social.

Artículo 4º

Autorízase al Ministro de Hacienda o al Subsecretario de Hacienda, para que en el o los contratos internacionales que suscriba en virtud de la autorización del artículo anterior, acepten estipulaciones que establezcan que dichos contratos quedarán sometidos al derecho o a tribunales extranjeros. Igualmente, dichas estipulaciones podrán disponer la renuncia a la inmunidad de ejecución, el señalamiento de domicilio y la designación de mandatarios en el extranjero.

Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Alberto Arenas de Mesa, Ministro de Hacienda.

Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Alejandro Micco Aguayo, Subsecretario de Hacienda.

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