Decreto núm. 323, publicado el 02 de Febrero de 2019. CREA CONSEJO ASESOR PARA LA FORMACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
Rango de Ley | Decreto |
CREA CONSEJO ASESOR PARA LA FORMACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL
Núm. 323.- Santiago, 22 de octubre de 2018.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 N° 6 y 35 del decreto N° 100, de 2005, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado, de la Constitución Política de la República de Chile; el DFL N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley N° 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación; la ley N° 21.091, sobre Educación Superior; y la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Considerando:
Que, el Ministerio de Educación, es la Secretaría de Estado encargada de fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles y le corresponden especialmente las funciones de proponer y evaluar las políticas y los planes de desarrollo educacional y cultural.
Que, la educación técnico-profesional, es uno de los ejes del programa de gobierno que se encuentra actualmente en curso.
Que, la formación técnico-profesional es un aspecto clave para avanzar hacia el desarrollo económico y social del país, por medio del fortalecimiento de las capacidades de los trabajadores, de modo de apoyar el crecimiento de la base productiva del país y aumentar su productividad, en mercados cada vez más complejos.
Que, asimismo, requiere de un enfoque que sea integrado e intersectorial, para la formulación de políticas para su desarrollo. Ello implica un análisis mancomunado de los contextos de acción y, asimismo, una estrecha relación entre ministerios, autoridades, instituciones, interlocutores sociales y otras partes interesadas.
Que, la ley N° 21.091 establece, en su artículo 16, que el Ministerio de Educación establecerá la Estrategia Nacional de Formación Técnico Profesional (en adelante e indistintamente "la Estrategia"), que orientará el desarrollo e implementación de políticas públicas que se definan en esta materia.
Que, de acuerdo con el artículo 17 de la citada ley, para la elaboración de la Estrategia el Presidente de la República establecerá mediante decreto supremo un Consejo Asesor de Formación Técnico Profesional, integrado por los Ministros de Estado con competencia en la materia, representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores con mayor representatividad del país, representantes de instituciones educativas y expertos de reconocida trayectoria y experiencia en materia de formación técnico profesional, considerando la representación regional en la designación de sus miembros.
Que, por lo tanto, el Consejo...
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