Decreto núm. 319 EXENTO, publicado el 08 de Marzo de 2018. INICIA PROCESO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA ACTUALIZACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE CURACAUTÍN - MUNICIPALIDAD DE CURACAUTÍN - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 705158993

Decreto núm. 319 EXENTO, publicado el 08 de Marzo de 2018. INICIA PROCESO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA ACTUALIZACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE CURACAUTÍN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE CURACAUTÍN
Rango de LeyDecreto

INICIA PROCESO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA ACTUALIZACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE CURACAUTÍN

Núm. 319 exento.- Curacautín, 23 de febrero de 2018.

Vistos:

  1. Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, Nº 18.575 del 13 de diciembre del 2000.

  2. Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nº 18.695, del 26 de julio de 2006.

  3. Ley de Bases Generales del Medio Ambiente Nº 19.300, del 9 de marzo de 1994, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y sus modificaciones.

  4. Decreto Nº 32, del 17 de agosto de 2015, que aprueba Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica, del Ministerio de Medio Ambiente.

  5. DFL Nº 458, del 18 de diciembre de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcción.

  6. Decreto Nº 47, del 16 de abril de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que fija el Nuevo texto de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

  7. El decreto Ex. Nº 3.269, de fecha 6 de diciembre de 2016, que nombra Alcalde a don Jorge Rolando Saquel Albarrán.

  8. Acuerdo Nº 172/2017, del Concejo Municipal de la I. Municipalidad de Curacautín, de fecha 12 de diciembre de 2017, que aprobó por unanimidad objetivos y criterios ambientales para dar inicio al proceso de Evaluación Ambiental Estratégica vinculado a la adecuación del Plan Regulador de Curacautín que incluye las localidades de Manzanar y Malalcahuello.

  9. El decreto Ex. Nº 170, de fecha 7 de febrero de 2018, que designa Alcalde Subrogante a don Hugo Edmundo Vidal Merino.

    Considerando:

  10. La necesidad de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 2 I BIS) de la ley 19.300 Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente; la Evaluación Ambiental Estratégica es el procedimiento realizado por el ministerio sectorial respectivo, para la incorporación de las consideraciones ambientales del desarrollo sustentable, al proceso de formulación de las políticas y planes de carácter normativo general.

  11. Que según lo indicado en el Art. 7 bis, se someterán a Evaluación Ambiental Estratégica las políticas y planes de carácter normativo general, así como sus modificaciones sustanciales. Siendo los planes reguladores comunales instrumentos que deben someterse a este procedimiento.

  12. Que, según lo establecido en el Art. 14º del decreto Nº 32 del 17 de agosto de 2005, reglamento de Evaluación Ambiental Estratégica, el proceso de Evaluación Ambiental Estratégica de la Actualización del Plan Regulador Comunal...

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