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Decreto núm. 310 EXENTO, publicado el 02 de Julio de 2019. MODIFICA DECRETO DE EDUCACIÓN Nº 114 EXENTO, DE 1987, DEL INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMÁS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO DE EDUCACIÓN Nº 114 EXENTO, DE 1987, DEL INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMÁS

Núm. 310 exento.- Santiago, 13 de mayo de 2019.

Considerando:

Que, el Instituto Profesional Santo Tomás, ha sido creado y organizado en virtud de las normas contenidas en el DFL Nº 24 de 1981, mediante decreto exento Nº 114, de 10 de junio de 1987, modificado por decretos exentos Nº 157, de 26 de septiembre de 1988, Nº 8, de 19 de enero de 1989, y ampliado por decretos exentos Nº 30, de 15 de marzo de 1989; Nº 100, de 7 de marzo de 1990; Nº 219, de 28 de agosto de 1990; Nº 414, de 28 de diciembre de 1990, y Nº 1.140, de 26 de septiembre de 2017, todos de Educación, e inscrito en el Registro correspondiente con el Nº 22;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 110 del DFL Nº 2, de 2009, de Educación, publicado en el Diario Oficial el 2 de julio de 2010, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, Ley General de Educación, con las normas no derogadas del DFL Nº 1 de 2005, se considera de pleno derecho reconocido oficialmente;

Que, por acuerdo Nº 160/2000, de 14 de diciembre de 2000, del Consejo Superior de Educación, el Instituto Profesional Santo Tomás ha obtenido su plena autonomía con arreglo a las normas que lo rigen y, en consecuencia, puede otorgar títulos profesionales de aquellos que no requieren licenciatura y títulos técnicos de nivel superior en las áreas en que otorgan los anteriores, en forma independiente;

Que, el Instituto Profesional Santo Tomás se encuentra acreditado por la Comisión Nacional de Acreditación en las áreas de gestión institucional y docencia de pregrado, por 3 años, desde el 26 de noviembre de 2017 al 26 de noviembre de 2020;

Que, con fecha 30 de noviembre de 2018, el representante legal de la institución informa la transformación de la persona jurídica organizadora de la institución, esto es, Sociedad Instituto Profesional Santo Tomás Limitada, organizadora del Instituto Profesional Santo Tomás, es una persona jurídica sin fines de lucro denominada Corporación Instituto Profesional Santo Tomás, en virtud de lo establecido en la ley Nº 20.980, que "Permite la transformación de los Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica en personas jurídicas sin fines de lucro" y; acompaña copia de la escritura pública de "Constitución de Corporación y Estatutos Corporación Instituto Profesional Santo Tomás", suscrita con fecha 29 de noviembre de 2018, ante...

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