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Decreto núm. 31, publicado el 28 de Noviembre de 2017. APRUEBA REGLAMENTO PROGRAMA DE RENOVACIÓN DE VEHÍCULOS QUE PRESTAN SERVICIOS DE TRANSPORTE ESCOLAR REMUNERADO DE PASAJEROS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

APRUEBA REGLAMENTO PROGRAMA DE RENOVACIÓN DE VEHÍCULOS QUE PRESTAN SERVICIOS DE TRANSPORTE ESCOLAR REMUNERADO DE PASAJEROS

Núm. 31.- Santiago, 18 de abril de 2017.

Visto:

El artículo 326, de la Constitución Política de la República de Chile; la ley N° 20.981, que fija el presupuesto para el año 2017; la ley N° 19.831; el DFL N° 343, de 1953; el DFL Nº 279, de 1960, ambos del Ministerio de Hacienda; el DL N° 557; la ley N° 18.059; la ley N° 18.696; el DFL N° 1/19.175, de 2005; el DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.290, de Tránsito; el decreto supremo N° 38, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución N° 1600, de 2008, de la Contraloría General de la República y demás normativa aplicable.

Considerando:

  1. - Que la ley Nº 20.981, citada en el Visto, incorporó una glosa 02.5.11 al presupuesto de los Gobiernos Regionales, que los habilitan a realizar programas destinados a subsidiar la renovación y modernización de vehículos inscritos en el Registro Nacional de Transporte Escolar.

  2. - Que, la referida glosa, señala que un reglamento expedido por los Ministerios de Hacienda y de Transportes y Telecomunicaciones, establecerá los montos, plazos y requisitos para postular a estos programas.

  3. - Que, corresponde, en consecuencia, establecer los montos, plazos y requisitos para que los Gobiernos Regionales otorguen subsidios para renovar y modernizar vehículos destinados al transporte escolar.

Decreto:

Apruébase el reglamento de la glosa 02.5.11, letra c) del presupuesto de los Gobiernos Regionales, que regulan el Programa de Renovación de vehículos inscritos en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares, a que se refiere la ley N° 20.981.

Título Primero
Disposiciones Generales Artículos 1 a 10
Artículo 1

El presente Reglamento regula el Programa de Renovación de Vehículos inscritos en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares de la glosa 02.5.11 c), presupuesto de los Gobiernos Regionales, en adelante el "Programa".

Artículo 2

Los Gobiernos Regionales estarán facultados para convocar a un proceso de renovación de vehículos inscritos en el Registro Nacional de Transporte Remunerado de Escolares, en adelante "el Registro".

El Programa consistirá en la renovación de vehículos inscritos en el Registro por otros nuevos.

La administración del Programa se realizará en coordinación con el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en adelante el Ministerio, el que deberá colaborar y asesorar a los Gobiernos Regionales para su ejecución y fiscalización.

Por cada región, el gasto anual que irrogue el Programa estará sujeto al monto máximo que el respectivo Gobierno Regional haya determinado asignar para su ejecución, con cargo a los recursos disponibles según lo establecido en la ley de presupuestos.

El presente Reglamento del Programa de Renovación de Vehículos que prestan servicios de transporte escolar remunerado de pasajeros, será aplicable en lo pertinente, siempre y cuando sea reconocido en la partida presupuestaria de los Gobiernos Regionales en la Ley de Presupuesto que corresponda, no siendo necesario dictar uno nuevo cada vez que esta ley lo reconozca.

Artículo 3 Para los efectos de este Reglamento, se entenderá por:
  1. Renovación: Sustitución de un vehículo por otro que lo reemplaza sujeto al cumplimiento de los requisitos del presente Reglamento y que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa vigente para prestar...

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