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Decreto núm. 31 EXENTO, publicado el 16 de Marzo de 2018. APRUEBA PROGRAMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyDecreto

APRUEBA PROGRAMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Núm. 31 exento.- Santiago, 27 de febrero de 2018.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos , , , 19; numerales 1°, 9°, 16° y 18°, 24 y 32 N° 6 y 33 de la Constitución Política de la República de Chile; en el DFL N° 1/19.653, del 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 16.744, que establece normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales; en el DFL N° 1, de 2002, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Código del Trabajo; en el decreto supremo N° 72, de 2011, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el Convenio N° 187 sobre Marco Promocional para la Seguridad y Salud en el Trabajo, de la Organización Internacional del Trabajo; en el decreto supremo N° 47, de 2016, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, sobre Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo; en lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 25, de 1959, del Ministerio de Hacienda, que crea el Ministerio del Trabajo y Previsión Social con dos Subsecretarías; en el decreto N° 19, de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que crea el Consejo Consultivo para la Seguridad y Salud en el Trabajo; en el decreto N° 20, de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que crea el Comité de Ministros para la Seguridad y Salud en el Trabajo; y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; en el decreto supremo N° 1.727, de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en el decreto supremo N° 61, de 2016 de Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Considerando:

  1. Que, la ratificación del Convenio N° 187, de abril del año 2012, comprometió al Estado de Chile a realizar un proceso de construcción y desarrollo de una cultura de prevención de los accidentes laborales y las enfermedades profesionales, debiendo promover la mejora continua de la seguridad y salud en el trabajo, con el propósito de prevenir las lesiones, enfermedades y muertes ocasionadas por el trabajo mediante el desarrollo de una Política, un Sistema y un Programa Nacional para estos fines, en consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores.

  2. Que, mediante decreto supremo N°...

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