Decreto núm. 304, publicado el 17 de Agosto de 2019. NOMBRA Y TRASLADA EMBAJADOR
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Rango de Ley | Decreto |
NOMBRA Y TRASLADA EMBAJADOR
Núm. 304.- Santiago, 16 de octubre de 2018.
Vistos:
La Constitución Política de la República, artículo 32 N° 8; la Ley N° 21.053 sobre Presupuesto del Sector Público año 2018; el DFL N° 29 de 2004 del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834 sobre el Estatuto Administrativo; el DFL N° 33 de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores; los decretos N°s 46 y 301 de 2018, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores; la resolución N° 84 de 2018, del Ministerio de Relaciones Exteriores; la resolución exenta N° 619 de 2017, del Ministerio de Relaciones Exteriores; las resoluciones N°s 1.600 de 2008, 30 de 2015 y 10 de 2017, ambas de la Contraloría General de la República, y las necesidades del servicio.
Considerando:
-
Que por resolución exenta N° 619 de 2017, se destinó al Ministro Consejero, señor Julio Pedro Fiol Zúñiga, a la Embajada de Chile en Estados Unidos.
-
Que mediante decreto N° 46 de 2018, se dispuso la aceptación de la renuncia del señor Ricardo Navarrete Betanzo, al cargo de Embajador 1ª Categoría Exterior, a contar del 31 de marzo de 2018.
-
Que por decreto N° 301 de 2018, se dispuso el traslado del señor Gustavo Nelson Ayares Ossandón, Embajador 1ª Categoría Exterior, a la Embajada de Chile ante el Gobierno de Indonesia, a contar del 15 de noviembre de 2018.
-
Que mediante resolución N° 84 de 2018, se aceptó la renuncia del señor Julio Pedro Fiol Zúñiga, al cargo de Ministro Consejero o Cónsul General de 1ª Clase, 2ª Categoría Exterior, a contar del 1 de diciembre de 2018.
Decreto:
-
Nómbrase al señor Julio Pedro Fiol Zúñiga (RUN N° 6.374.932-K), Embajador 1ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores.
-
Trasládase al señor Julio Pedro Fiol Zúñiga, Embajador 1ª Categoría Exterior, para que preste servicios como Embajador de Chile ante el Gobierno de Japón, desde el 1 de diciembre de 2018, fecha a contar de la cual deja de desempeñar funciones en la Embajada de Chile en Estados Unidos.
-
La persona indicada deberá rendir la fianza legal establecida en el artículo 68 de la ley N° 10.336 Orgánica de la Contraloría General de la República y contará con firma electrónica avanzada o simple para firmar el informe mensual de la rendición de cuentas, conforme a lo señalado en la resolución N° 30 de 2015 de la Contraloría General de la República.
-
Por razones impostergables de buen servicio, la persona...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba