Decreto núm. 3025 EXENTO, publicado el 07 de Octubre de 2015. AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA 'EMBAJADA MUNDIAL DE ACTIVISTAS POR LA PAZ CORP.' PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS - MINISTERIO DE JUSTICIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 584207738

Decreto núm. 3025 EXENTO, publicado el 07 de Octubre de 2015. AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA 'EMBAJADA MUNDIAL DE ACTIVISTAS POR LA PAZ CORP.' PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA "EMBAJADA MUNDIAL DE ACTIVISTAS POR LA PAZ CORP." PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS

Santiago, 7 de septiembre, de 2015.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 3.025 exento.

Vistos:

Estos antecedentes; lo dispuesto en el artículo 34 del decreto supremo de Justicia Nº 110, de 1979; en el decreto supremo de Justicia Nº 924, de 1981, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula "Por orden del Presidente de la República"; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado,

Decreto:

  1. - Autorízase a la entidad denominada "Embajada Mundial de Activistas por la Paz Corp." con domicilio en Carretera PR-1 Km. 54.8, Intersección PR-738 km. 0.4, Barrio Monte Llano, Cayey, Estado Libre Asociado de Puerto Rico, cuyos antecedentes se encuentran debidamente legalizados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, con fechas 1 de diciembre de 2014 y 30 de abril de 2015, y protocolizados en la Séptima Notaría de Santiago de doña María Soledad Santos Muñoz, con fecha 6 de mayo de 2015, bajo los números 38, 39, 40 y 41, Repertorios números 5752-2015, 5753-2015, 5754-2015 y 5755-2015, respectivamente, para que desarrolle actividades en el país, de acuerdo a los objetivos señalados en sus estatutos, siempre que se ajusten a las leyes chilenas y no contraríe las buenas costumbres y el orden público.

  2. - La entidad autorizada por el presente decreto fue constituida, organizada y existe conforme a las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, según consta del documento expedido por el Departamento de Estado, San Juan, Puerto Rico, con fecha 28 de abril de 2014, debidamente legalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, con fecha 1 de diciembre de 2014, y protocolizado, bajo el número 39, Repertorio número 5753-2015, en la Séptima Notaría de Santiago de doña María Soledad Santos Muñoz, que acredita que la entidad solicitante se encuentra legalmente establecida y la autorización está actualmente vigente.

  3. - El término durante el cual desarrollará sus actividades en el país será indefinido a contar de la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial.

  4. - El domicilio de la citada entidad será calle Alcántara Nº 200, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago.

  5. - El representante de la entidad en Chile será don...

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