Decreto núm. 302 EXENTO, publicado el 16 de Noviembre de 2018. DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN CHILENA DE ENERGÍA NUCLEAR - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 745840493

Decreto núm. 302 EXENTO, publicado el 16 de Noviembre de 2018. DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN CHILENA DE ENERGÍA NUCLEAR

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto

DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN CHILENA DE ENERGÍA NUCLEAR

Núm. 302 exento.- Santiago, 8 de noviembre de 2018.

Visto:

Lo dispuesto en el artículo 32 N° 10, de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el decreto supremo N° 100 de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto ley N° 2.224 de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la Ley N° 16.319, que Crea la Comisión Chilena de Energía Nuclear; en la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, en su texto refundido, coordinado y sistematizado fijado mediante el decreto con fuerza de ley N° 29 de 2004, del Ministerio de Hacienda; en el decreto N° 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por Orden del Presidente de la República"; en el decreto supremo N° 2 A, del Ministerio de Energía, de 12 de marzo de 2018, que nombra a don Ricardo Irarrázabal Sánchez como Subsecretario de Energía; en el dictamen N° 7.961 de 22 de marzo de 2018, y en las resoluciones exentas N° 1.600 de 2008 y N° 10 de 2017, todos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, de conformidad a lo dispuesto en los artículos y de la ley N° 16.319, ya referida, la Comisión Chilena de Energía Nuclear tiene por objeto atender los problemas relacionados con la producción, adquisición, transferencia, transporte y uso pacífico de la energía atómica y de los materiales fértiles, fisionables y radioactivos y será dirigida y administrada por un Consejo Directivo y un Director Ejecutivo, todos de designación del Presidente de la República.

  2. Que, asimismo, el cargo de Director Ejecutivo de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, está sujeto al Sistema de Alta Dirección Pública, primer nivel jerárquico, de exclusiva confianza del Presidente de la República.

  3. Que, atendido el carácter de personero de confianza exclusiva del Presidente de la República que reviste el cargo de Director Ejecutivo de la Comisión Chilena de Energía Nuclear y de conformidad a lo previsto por los artículos 80 y 81 de la ley N° 18.834, ya referida, y a lo dispuesto en el...

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