Decreto núm. 302 EXENTO, publicado el 16 de Noviembre de 2018. DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN CHILENA DE ENERGÍA NUCLEAR
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ENERGÍA |
Rango de Ley | Decreto |
DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN CHILENA DE ENERGÍA NUCLEAR
Núm. 302 exento.- Santiago, 8 de noviembre de 2018.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 32 N° 10, de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el decreto supremo N° 100 de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto ley N° 2.224 de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la Ley N° 16.319, que Crea la Comisión Chilena de Energía Nuclear; en la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, en su texto refundido, coordinado y sistematizado fijado mediante el decreto con fuerza de ley N° 29 de 2004, del Ministerio de Hacienda; en el decreto N° 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por Orden del Presidente de la República"; en el decreto supremo N° 2 A, del Ministerio de Energía, de 12 de marzo de 2018, que nombra a don Ricardo Irarrázabal Sánchez como Subsecretario de Energía; en el dictamen N° 7.961 de 22 de marzo de 2018, y en las resoluciones exentas N° 1.600 de 2008 y N° 10 de 2017, todos de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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Que, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 3° y 9° de la ley N° 16.319, ya referida, la Comisión Chilena de Energía Nuclear tiene por objeto atender los problemas relacionados con la producción, adquisición, transferencia, transporte y uso pacífico de la energía atómica y de los materiales fértiles, fisionables y radioactivos y será dirigida y administrada por un Consejo Directivo y un Director Ejecutivo, todos de designación del Presidente de la República.
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Que, asimismo, el cargo de Director Ejecutivo de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, está sujeto al Sistema de Alta Dirección Pública, primer nivel jerárquico, de exclusiva confianza del Presidente de la República.
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Que, atendido el carácter de personero de confianza exclusiva del Presidente de la República que reviste el cargo de Director Ejecutivo de la Comisión Chilena de Energía Nuclear y de conformidad a lo previsto por los artículos 80 y 81 de la ley N° 18.834, ya referida, y a lo dispuesto en el...
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