Decreto núm. 3, publicado el 07 de Abril de 2018. FIJA DERECHOS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA OBRA NUEVA DENOMINADA: 'NUEVA LÍNEA NUEVA MAITENCILLO - PUNTA COLORADA - NUEVA PAN DE AZÚCAR 2X220 KV, 2X500 MVA', PERTENECIENTE AL SISTEMA DE TRANSMISIÓN NACIONAL A EMPRESA ADJUDICATARIA QUE INDICA - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 708186809

Decreto núm. 3, publicado el 07 de Abril de 2018. FIJA DERECHOS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA OBRA NUEVA DENOMINADA: 'NUEVA LÍNEA NUEVA MAITENCILLO - PUNTA COLORADA - NUEVA PAN DE AZÚCAR 2X220 KV, 2X500 MVA', PERTENECIENTE AL SISTEMA DE TRANSMISIÓN NACIONAL A EMPRESA ADJUDICATARIA QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto

FIJA DERECHOS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA OBRA NUEVA DENOMINADA: "NUEVA LÍNEA NUEVA MAITENCILLO - PUNTA COLORADA - NUEVA PAN DE AZÚCAR 2X220 KV, 2X500 MVA", PERTENECIENTE AL SISTEMA DE TRANSMISIÓN NACIONAL A EMPRESA ADJUDICATARIA QUE INDICA

Núm. 3T.- Santiago, 15 de febrero de 2018.

Vistos:

  1. Lo dispuesto en el artículo 35 de la Constitución Política de la República;

  2. En el DL 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía;

  3. En el decreto con fuerza de ley N° 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante e indistintamente la "Ley";

  4. En la ley N° 20.936, que establece un nuevo sistema de transmisión eléctrica y crea un organismo coordinador independiente del sistema eléctrico nacional, en adelante e indistintamente la "Ley N° 20.936";

  5. En el decreto supremo N° 48, de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el reglamento que fija el procedimiento para la realización del estudio de transmisión troncal;

  6. En el decreto supremo N° 327, de 1997, del Ministerio de Minería, que Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos;

  7. En el decreto exento N° 373, de 16 de mayo de 2016, del Ministerio de Energía, en adelante e indistintamente "decreto exento N° 373", que Fija Plan de Expansión del Sistema de Transmisión Troncal para los doce meses siguientes;

  8. En la resolución exenta N° 567, de 22 de julio de 2016, modificada por las resoluciones exentas N° 671, de fecha 16 de septiembre de 2016, N° 888, de fecha 19 de diciembre de 2016 y N° 100, de fecha 22 de febrero de 2017, todas de la Comisión Nacional de Energía, que aprueba las bases de licitación para la adjudicación de los derechos de explotación y ejecución de las obras nuevas contempladas en el decreto exento N° 373, de 2016, del Ministerio de Energía, en adelante e indistintamente las "Bases" o las "Bases de Licitación";

  9. En lo informado por el Coordinador Eléctrico Nacional, en adelante e indistintamente el Coordinador, en su carta DE 02585-17, de 15 de junio de 2017;

  10. En lo dispuesto en la resolución exenta N° 323, de 23 de junio de 2017, de la Comisión Nacional de Energía, que Aprueba informe Técnico de Antecedentes de Licitación y Adjudicación de la obra nueva denominada "Nueva Línea Nueva Maitencillo - Punta Colorada - Nueva Pan de Azúcar 2x220 kV, 2x500 MVA", establecida en el decreto exento N° 373, de 2016, del Ministerio de Energía, enviada al Ministerio de Energía, en adelante e indistintamente el "Ministerio", mediante el oficio CNE Of. Ord. N° 312/2017, de fecha 23 de junio de 2017, rectificado por la resolución exenta N° 417, de 31 de julio de 2017, y por la resolución exenta N° 504, de 11 de septiembre de 2017, ambas de la Comisión Nacional de Energía, remitidas al Ministerio mediante sus oficios CNE Of. Ord. N° 414/2017, de 31 de julio de 2017, y CNE Of. Ord. N° 474/2017, de 12 de septiembre de 2017;

  11. En los antecedentes acompañados por el Consorcio Saesa-Chilquinta en carta N° 1256203, de fecha 7 de julio de 2017;

  12. En la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y

    Considerando:

  13. Que de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 99° y siguientes de la ley, en su texto vigente antes de la dictación de la ley N° 20.936, el Ministerio, mediante el decreto exento N° 373, fijó las obras nuevas referidas al Sistema Interconectado Central y al Sistema Interconectado del Norte Grande, como parte del "Plan de Expansión del Sistema de Transmisión Troncal. Período 2015-2016".

  14. Que con fecha 20 de julio de 2016 se publicó en el Diario Oficial la ley N° 20.936, que modificó el régimen legal existente para la planificación, licitación, ejecución y explotación de las obras pertenecientes al sistema de transmisión troncal, hoy sistema de transmisión nacional.

  15. Que el artículo octavo transitorio de la ley N° 20.936 estableció que las normas contenidas en los artículos 87° y siguientes de la ley, relativas a la planificación de la transmisión entrarán en vigencia a partir del 1 de enero de 2017, por lo que la licitación de las obras nuevas contenidas en el decreto exento N° 373 se realizó de conformidad a lo dispuesto por los artículos 95° y siguientes de la ley, en su texto vigente antes de la dictación de la ley N° 20.936.

  16. Que según lo dispuesto en el artículo 96° de la ley, el Ministerio, mediante decreto expedido bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República", debe fijar a) los derechos y condiciones de ejecución y explotación de la obra nueva; b) la empresa adjudicataria; c) las características técnicas del proyecto; d) la fecha de entrada en operación; e) el valor de la transmisión por tramo de las nuevas obras, conforme al resultado de la licitación, y f) las fórmulas de indexación del valor señalado en la letra e) anterior;

  17. Que la Comisión Nacional de Energía, en adelante e indistintamente la "Comisión", mediante su oficio CNE Of. Ord. N° 312/2017, de fecha 23 de junio de 2017, remitió al Ministerio su resolución exenta N° 323, de 23 de junio de 2017, la que aprobó Informe Técnico de Antecedentes de Licitación y Adjudicación de la obra nueva "Nueva Línea Nueva Maitencillo - Punta Colorada - Nueva Pan de Azúcar 2x220 kV, 2x500 MVA", rectificado por la resolución exenta N° 417, de 31 de julio de 2017, y por la...

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